En los últimos días se ha detectado en nuestro servicio de consultoría cierta confusión por parte de nuestros suscriptores sobre cuándo podrán reincorporarse a laborar sus trabajadores que forman parte del grupo vulnerable frente al virus COVID-19.
De acuerdo con los Lineamientos Técnicos Específicos para la Reapertura de las Actividades Económicas, publicados en el DOF el 29 de mayo de 2020, las personas vulnerables tendrán un trato diferenciado conforme al semáforo sanitario en el que se encuentre el centro de trabajo donde laboren.
Cuando el semáforo sea rojo (riesgo muy alto), queda prohibido que las personas trabajadoras vulnerables se presenten a los centros de trabajo, privilegiando que durante este periodo realicen home office
En el semáforo naranja (riesgo alto) y amarillo (riesgo medio), pueden reincorporarse a sus actividades, siempre y cuando el patrón implemente medidas diferenciadas para disminuir el riesgo de contagio entre este tipo de colaboradores. Aquí es recomendable:
- priorizar el trabajo a distancia de estos trabajadores
- en caso de que no ser posible hacer trabajo a distancia, los centros de trabajo deberán designar un comité o persona responsable de garantizar las siguientes medidas especiales:
- identificar en cada área de trabajo este personal
- verificar que los colaboradores en estado de vulnerabilidad cuenten con equipo de protección personal (EPP) desechable y con soluciones a base de alcohol gel al 60%permanentemente
- evitar el confinamiento en los espacios de trabajo, garantizando una distancia mínima efectiva de 1.5 metros
- permitirles el ingreso en horarios diferentes al resto del personal, los horarios pico en el transporte público o en el transporte de personal
- establecer zonas exclusivas en área de alimentos, comedores y/o vestidores, o definir horarios diferenciados para reducir el riesgo de contagio de este personal
Para cuando el semáforo esté en verde (riesgo bajo), estos trabajadores regresarán a sus actividades normales, pero independientemente de que ya no será necesario implementar medidas especiales, no se les debe dejar de prestar atención por su condición.
También debe considerarse que previo a su reincorporación a sus labores, o durante el primer mes de regreso se les debe permitir acudir al médico para que se realicen revisiones y lleven un control de sus enfermedades y se les fomente cambio de hábitos alimentarios y de salud, y para quienes tengan hipertensión, diabetes o cardiopatías controladas, las revisiones serán cada tres meses, salvo que el médico les indique se deban revisar con mayor frecuencia.
La recomendación es que los trabajadores vulnerables retrasen su regreso a la vida laboral, a fin de que se evite en medida de lo posible su contagio, pues corren el peligro de tener complicaciones o incluso la muerte, y sea en el nivel medio o bajo de riesgo contagio, cuando se reincorporen a sus actividades laborales.