Quiénes son trabajadores por temporada

Para que sea válido este tipo de contratación es necesario precisar en el contrato la condición de temporalidad

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 .  (Foto: iStock)

Las empresas en ocasiones necesitan solo mano de obra en ciertas épocas del año, ya sea por su proceso productivo, el aumento de afluencia de clientes o de la demanda de sus servicios. 

Para ello, utilizan la contratación de trabajadores por tiempo indeterminado, para el desempeño de actividades fijas y periódicas por temporada o que no exijan la prestación de los servicios de toda la semana, mes o año. A estos colaboradores se les conoce como trabajadores por temporada (arts. 39-F; 42, fracc. VIII y 43, fracc. V, LFT). 

Para que sea válido este tipo de contratación es necesario precisar en el contrato la condición de temporalidad; es decir, declarar que el objeto del contrato es la prestación de servicios discontinuos, fijos, o periódicos. 

Es menester considerar que los colaboradores contratados bajo esa modalidad tienen los mismos derechos y obligaciones que los demás trabajadores, pero en proporción al lapso laborado. 

Consecuentemente, su antigüedad se acumulará por el tiempo que efectivamente presten sus servicios; el aguinaldo, las vacaciones y la prima vacacional y demás prestaciones a que pudiesen tener derecho se les pagarán de acuerdo con los días trabajados en el año. 

Esto es así, porque a diferencia de los contratos por obra o tiempo determinado, cuando finaliza la temporada de que se trate, se suspende la relación laboral, y se reanuda, cuando la temporada reinicia; por ende, los trabajadores no prestarán sus servicios y no generarán el derecho a recibir salario. 

Finalmente, ante el IMSS deben ser afiliados como trabajadores al inicio de la temporada, pero cuando esta finalice serán dados de baja (arts. 12, fracc. I y 15, fracc. I, LSS).