Principio de legalidad y la autoridad laboral

La actuación de la STPS y de los órganos que lo componen, se limita al principio de legalidad

.
 .  (Foto: Adobe Stock)

Un acto de autoridad es aquel mediante el cual se expresa la voluntad de la autoridad y que deriva de la facultad expresada en la ley para emitir dicho acto.

Lo anterior está ligado al principio de legalidad, contenido en el precepto 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), el cual refiere que toda autoridad solo puede realizar los actos que la ley expresamente le confiere.

De ahí que todo acto o resolución administrativa deba cumplir con los siguientes requisitos: 

  • ser emitido por autoridad competente
  • contener los hechos en los que se apoye para su emisión, es decir, expresar los motivos, y
  • señalar las disposiciones legales en las que se fundamenta

Con lo anterior, se otorga certeza a los particulares frente a los actos de autoridad que afecten o lesionen su interés jurídico, además de que es necesario asegurar la prerrogativa de su debida defensa ante aquellos que no cumplan con los requisitos legales necesarios.

La STPS y sus entidades que la conforman, como parte del Poder Ejecutivo Federal, son órganos integrantes de la administración pública federal, los cuales deben acatar el principio de legalidad en cada uno de los actos de molestia que emitan a los patrones y trabajadores.

Por ello, es menester que el patrón conozca los requisitos que debe cumplir todo acto administrativo expedido por la autoridad laboral, ya sea por parte de la STPS o por sus órganos integrantes, a fin de defenderse en caso de no se cumplan con los mismos.

Así, independientemente de la naturaleza de las entidades que lo emitan, sean descentralizadas o desconcentradas, y sectorizadas o no a la STPS, no se les exime de sujetarse al cumplimiento del principio de legalidad, tal como es el Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores (Infonacot), que es un órgano desconcentrado sectorizado a dicha Secretaría, tiene la obligación de acatar dicho principio.

Si desea conocer más acerca de cómo actuar en caso de que se violente el principio de legalidad, lo invitamos a leer el tema ¿Atender o no requerimiento de cobro del Infonacot?, disponible en nuestra edición digital 472 de fecha 30 de septiembre de 2020.