Subcontratistas especializados, ¡a registrarse!

Pasos a seguir para que los prestadores de servicios especializados se adhieran al padrón de la STPS.

.
 .  (Foto: iStock)

En la edición 488 del pasado 15 de junio, se abordó en esta sección el tema “Listo, padrón de subcontratación especializada”, que también está disponible en nuestra página https://idconline.mx/. Ahí se expusieron los pormenores del Acuerdo por el que se dieron a conocer las disposiciones de carácter general para el registro de personas físicas o morales que presten servicios o ejecuten obras especializadas a que se refiere el artículo 15 de la LFT (Acuerdo), el cual entró en vigor el 25 de mayo.

Uno de los aspectos precisados es que la STPS habilitó en la página de Internet http://repse.stps.gob.mx, el aplicativo denominado Registro de prestadoras de servicios especializados u obras especializadas (REPSE), para que las subcontratistas que brinden este tipo de servicios se inscriban en dicho portal electrónico.

Atendiendo la relevancia que tiene para las empresas esa gestión, a continuación se muestra cómo efectuarlo.

Requisitos para realizar el trámite

De acuerdo con el numeral octavo del Acuerdo, los interesados en registrarse en el REPSE, deberán tener a la mano la siguiente información, al momento de solicitar su inscripción:

  • del solicitante:
    • e.firma
    • constancia de inscripción en el RFC
    • entidad federativa
    • domicilio completo (calle, número exterior e interior, colonia o fraccionamiento, CP, localidad, y municipio o alcaldía) indicando la geolocalización y adjuntando un comprobante del mismo (recibo de luz, predial o teléfono)
    • nombre comercial
    • dos números telefónicos y dos correos electrónicos (principal y de apoyo)
    • Número de Registro Patronal ante el IMSS
    • afiliación ante el Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores (Infonacot)
    • documentos de identificación, persona:
      • moral: acta constitutiva (número del acta, datos del notario o corredor público que la expidió, fecha de protocolización y objeto social), anexando la misma y resaltando el objeto social
      • física: identificación oficial vigente (credencial para votar, pasaporte o cédula profesional)
    • número total de la plantilla laboral al momento del registro, divididos en hombres y mujeres
    • archivo Excel de la nómina
  • del representante legal:
    • nombre completo
    • identificación oficial vigente (credencial para votar, pasaporte o cédula profesional), y
    • poder notarial
  • de las actividades:
    • la económica especializada conforme al “catálogo de actividades para la clasificación de las empresas en el Seguro de Riegos de Trabajo” del IMSS, contenido en el Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización (RACERF)
    • la o las que desean registrar en el padrón, las cuales deben desprenderse de su objeto social, y
    • la económica preponderante

Actividad a registrar

Al manifestar la tarea especializada a inscribir, se solicita al usuario requisitar un cuestionario de manera veraz y con documentos que acrediten su dicho, porque de caer en falsedad el empresario puede ser sancionado con multas que van entre 50 a 5,000 veces la UMA, esto es de 4,481.00 a 448,100 pesos, además de negar o cancelar el registro en el padrón de subcontratistas especializados (arts. 15, párrafo cuarto y 1002, LFT; décimo cuarto y décimo quinto, Acuerdo).

El interrogatorio referido se divide en cuatro secciones, las cuales se detallan a continuación.

Condiciones generales de trabajo

El solicitante debe manifestar bajo protesta de decir verdad lo siguiente:

  • institución, gremio, asociación o cámara a la que pertenece la empresa, relacionada con la tarea especializada
  • rango promedio de remuneración que se le paga a los colaboradores (en salarios mínimos –SM–)
  • cuántos recibos de nómina se entregan y su periodo (quincenales o semanales)
  • tipo de contratos laborales y en qué porcentaje se tienen firmados (contrato individual, colectivo o de ley)
  • antigüedad promedio de los subordinados
  • porcentaje del sueldo pagado por concepto de PTU
  • señalar la vigencia de los contratos de servicios especializados firmados, y
  • comunicar si a su vez subcontrata tareas especializadas

Seguridad y salud en el trabajo

Respecto a este tema, señalar lo siguiente:

  • clase de riesgo de trabajo según el “catálogo de actividades para la clasificación de las empresas en el Seguro de Riegos de Trabajo” del IMSS, contenido en el numeral 196 del RACERF
  • en qué periodo realizó el último recorrido la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene (CMSH), y
  • número de casos de incapacidades por riesgos de trabajo en los últimos dos años

Capacitación y Adiestramiento

Sobre este rubro, se le pide al solicitante indicar:

  • nivel de capacitación requerido (sobre ello, ni la LFT ni el “Acuerdo por el que se dan a conocer los criterios administrativos, requisitos y formatos para realizar los trámites y solicitar los servicios en materia de capacitación, adiestramiento y productividad de los trabajadores”, señalan que existan niveles de capacitación)
  • principales rubros de capacitación del personal (conforme a los planes de capacitación y adiestramiento de la empresa)
  • habilidades técnicas de los subordinados
  • certificaciones de la empresa para prestar servicios especializados, indicando a qué personal aplica.

Dentro del cuestionario se define que, certificación es aquella que obtiene una persona para constatar su experiencia y capacitación para realizar un trabajo especializado, la cual es emitida por asociaciones, universidades o terceros que certifican el conocimiento o competencia de un individuo para realizar trabajos para un sector, industria o profesión. Señala como ejemplos: aquellas para desarrollar maquinaria pesada, software especializado, o para temas financieros, de inversión, de contabilidad, entre otros.

  • Igualmente precisa que no se considera como tal, las cédulas profesionales, títulos o certificados de estudios, y
  • si se cuenta con registro en el Sistema de Información de Capacitación Empresarial (SIRCE)

Otras

Se deben indicar las características de la actividad a registrar:

  • manejo de equipo, software o herramienta especializada
  • utilización de maquinaria
  • patrimonio de la empresa
  • certificaciones de la compañía
    licencia o permiso para realizar tareas especializadas, tanto de la subcontratista como de sus colaboradores.

Se advierte que para las personas físicas o morales, estas licencias o permisos son aquellas otorgadas a su favor para el desempeño de sus funciones especializadas, previo cumplimiento de ciertos requisitos, que permite al permisionario o licenciatario el servicio especializado a un tercero.

Para los colaboradores, estas van relacionadas con el empleo de maquinaria especializada, o bien para el desarrollo de actividades específicas en un sector, tales como el manejo de armas o transporte de químicos o explosivos, volar drones, aviones, etc.

Aquí tampoco las cédulas profesionales, los títulos y los comprobantes de estudio se consideran licencias o permisos

  • nivel de escolaridad requerida de los empleados
  • intensidad en el uso tecnológico
  • experiencia en el mercado
    cantidad de beneficiarios a los que se les ha prestado servicios
  • conocimiento de los empleados en la tarea especializada que prestan
  • si la actividad a registrar es de tiempo completo
  • declarar los contratos vigentes en materia de subcontratación especializada, y
  • número de personas que brindan servicios especializados

Caso práctico

A continuación, se describe la forma en que debe llevarse a cabo el trámite de la incorporación al padrón de servicios especializados en el REPSE y obtener el número de registro correspondiente. 

Pasos a seguir

 

1.       Ingresar al portal http://repse.stps.gob.mx y dar clic en el recuadro INGRESAR REGISTRARME 

.
 .  (Foto: IDC)


2.       Introducir el certificado y clave privada relativos a la e.firma; para ello, primero deberá oprimirse Clave Privada (.key) e inmediatamente aparece la ventana para buscar y seleccionar el archivo correspondiente dentro de los documentos, y al elegirlo pulsar Abrir; posteriormente hacer lo mismo con el rubro Certificado (.cer). 

.
 .  (Foto: IDC)

Hecho lo anterior, capturar la contraseña de la e.firma y presionar en Ingresar  

.
 .  (Foto: IDC)
.
 .  (Foto: IDC)

3.       Leer y aceptar los términos y condiciones REPSE, para ello pulsar el botón Leer términos y condiciones y se desplegarán los mismos para su lectura (de lo contrario, el sistema no permitirá avanzar), la cual una vez finalizada, se debe oprimir el botón Cerrar

.
 .  (Foto: IDC)
.
 .  (Foto: IDC)

Seleccionar la casilla de Aceptar Términos y Condiciones; y pulsar Iniciar registro

.
 .  (Foto: IDC)

4.       Complementar los datos generales de la empresa y del representante legal. La información que arroja el sistema en automático son el nombre, RFC, tipo de inscripción (persona moral o física) y CURP del solicitante o del representante legal. Deberá agregarse la clave de elector del responsable de la e.firma, número de trabajadores, nombre comercial y datos de contacto (teléfonos y correos electrónicos, principal y de apoyo). Posteriormente seleccionar la opción Continuar

.
 .  (Foto: IDC)

5.       El sistema realizará la consulta en tiempo real para verificar si el solicitante cumple o no con sus obligaciones fiscales y de seguridad social, ante el SAT, IMSS e Infonavit, respectivamente.

De recibirse un reporte negativo por cualquiera de dichas instituciones, el trámite concluirá. Solo hasta solventarse la situación se podrá realizar una nueva solicitud de registro.

Hecha la verificación del cumplimiento de las obligaciones fiscales y de seguridad social, pulsar Continuar  

.
 .  (Foto: IDC)
.
 .  (Foto: IDC)

6.       Señalar los datos del acta constitutiva: entidad de registro, fecha de protocolización y número; así como el nombre del notario o corredor público que la expidió y el número de notaría, para después oprimir en Continuar

.
 .  (Foto: IDC)

7.       Localizar el objeto social en el acta constitutiva y transcribirlo literalmente en el recuadro correspondiente.

Subir el acta constitutiva en archivo PDF resaltando las actividades que desea inscribir (solo las hojas que contengan la tarea a registrar), dando clic en la opción Objeto social resaltado en acta constitutiva, y automáticamente se abrirá la ventana para seleccionar el archivo y pulsar Abrir.

Posteriormente elegir el botón Continuar

.
 .  (Foto: IDC)
.
 .  (Foto: IDC)

8.       En el recuadro Actividad especializada capturar las tareas a registrar en el padrón, tal y como aparecen en el objeto social; dar clic en el recuadro Seleccione una categoría del catálogo, para desplegar el listado de las actividades y seleccionar la que corresponda 

.
 .  (Foto: IDC)

9.       Pulsar en Confirmar actividad; con ello se abrirá un cuestionario que debe ser completado, según los siguientes rubros: 

.
 .  (Foto: IDC)
  • condiciones generales de trabajo

En las preguntas referentes a tipo de contratación, PTU pagada y número de trabajadores extranjeros, el sistema les solicitará que se manifieste un porcentaje

.
 .  (Foto: IDC)
.
 .  (Foto: IDC)


  • seguridad e higiene, ahí debe precisarse si tiene grado de riesgo alto en el IMSS.

Además de la periodicidad en que se reúne la CMSH y que tanto se incapacitan los empleados por accidentes de trabajo

.
 .  (Foto: IDC)
  •   capacitación y adiestramiento, donde debe detallarse el grado de especialización de su personal y sus habilidades técnicas.

También indicar si está dado de alta en el SIRCE de la STPS

.
 .  (Foto: IDC)

 

  • otras, en este punto debe indicar si el personal maneja equipo, software y maquinaria especializada

 

.
 .  (Foto: IDC)
.
 .  (Foto: IDC)
.
 .  (Foto: IDC)
  • extras, en donde debe registrarse el número de colaboradores que realizan actividad especializada. 

Al finalizar el cuestionario pulsar en Guardar 

.
 .  (Foto: IDC)

10.   El sistema solicita se capture la Clave del registro patronal y se elija la actividad conforme al catálogo de clasificación que se realizó ante el IMSS.

 

.
 .  (Foto: IDC)

Señalar el número de colaboradores; pulsar la opción de Registro patronal y subir el archivo PDF de la tarjeta de identificación patronal otorgada por el IMSS (puede orientarse con el paso 7). Para finalizar, seleccionar el botón Guardar registro           

.
 .  (Foto: IDC)

  11.   Indicar la dirección fiscal del patrón: calle, número exterior e interior, CP, y colonia. El sistema indicará la entidad y municipio automáticamente

.
 .  (Foto: IDC)

 

Asimismo en el rubro Captura la ubicación del domicilio, se debe indicar la dirección del patrón y pulsar la opción Buscar, con el fin de confirmarla en el mapa. Posteriormente seleccionar el botón Guardar.

.
 .  (Foto: IDC)

 

La plataforma da la oportunidad de agregar más direcciones de sucursales o domicilios adicionales en caso de ser necesario. Para tales efectos pulsar el signo +, e indicar: nombre identificador de la dirección, tipo de dirección, calle o avenida, número exterior e interior y colonia y pulsar los botones Buscar, y Guardar. 

Agregados los domicilios elegir Continuar 

.
 .  (Foto: IDC)

12.   El REPSE solicita subir la siguiente documentación: identificación oficial de frente y reverso, comprobante de domicilio fiscal, acta constitutiva completa, comprobante de nómina en XML (se ignora si de todos los trabajadores o cualquiera) y poder notarial o foja del acta constitutiva correspondiente, a las facultades de quien realiza el trámite. Oprimir Continuar 

.
 .  (Foto: IDC)

 

13.   El sistema solicitará validar la información que se comunicará y emitirá un folio de registro, con el cual se podrá dar seguimiento a la gestión realizada

Conclusiones

El empleador debe ser cuidadoso respecto a los datos que informa a la STPS, y tener a la mano los documentos que acrediten la veracidad de lo manifestado al momento de llevar a cabo el trámite, con el fin de no dilatarlo.

Es necesario que antes de realizar la gestión mostrada, se esté al corriente de las obligaciones de seguridad social y fiscal, pues de lo contrario no se podrá ejecutar.

Tratándose del rechazo de los registros, la STPS envía un correo electrónico, comunicando tal situación, por lo que se espera que en la aceptación también se envíe este.

Finalmente, a la fecha de cierre de este número, la Secretaría no ha dado a conocer el mecanismo para que la subcontratista especializada le requiera que se emita la resolución del otorgamiento del registro (por haber transcurrido más de 20 días a la recepción de la petición), y con ello, en su caso, se configure la afirmativa ficta establecida en el artículo 15, tercer párrafo de la LFT.