El 25 de junio de 2021 entrará en vigor en el ámbito internacional el primer Convenio sobre la violencia y el acoso en el mundo del trabajo (Conv. 190), adoptado por la 108 Conferencia Internacional del Trabajo de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), celebrada en junio de 2019.
El documento tiene como finalidad que los países respeten, promuevan y aseguren el derecho de toda persona a un entorno laboral libre de violencia y acoso, y prevé un marco común para la acción para los países miembros que lo legalicen.
No obstante, México no lo ha suscrito, a pesar de que se ha exhortado a que se apruebe, ya que desde el 2020, la STPS se encuentra evaluando las disposiciones de ese convenio, a fin de determinar si el marco jurídico vigente permitirá cumplir cabalmente con las obligaciones contenidas en el mismo y una vez que concluya su análisis, se estará en aptitud de considerar su viabilidad, o bien de identificar las medidas legislativas necesarias.
Hasta el momento, seis países han ratificado dicho Convenio sobre la violencia y el acoso: Argentina, Ecuador, Fiji, Namibia, Somalia y Uruguay.
El convenio señala las definiciones siguientes:
- violencia y acoso, en el mundo del trabajo, a un conjunto de comportamientos y prácticas inaceptables, o de amenazas de tales comportamientos y prácticas, ya sea que se manifiesten una sola vez o de manera repetida, que tengan por objeto, que causen o sean susceptibles de causar, un daño físico, psicológico, sexual o económico, e incluye la violencia y el acoso por razón de género, y
- violencia y acoso por razón de género a la que van dirigidos contra las personas por razón de su sexo o género, o que afectan de manera desproporcionada a personas de un sexo o género determinado, e incluye el acoso sexual
Con la entrada en vigor, la OIT iniciará la campaña “Semana de Acción Mundial de la OIT sobre el Convenio núm. 190”, entre el 21 y el 25 de junio de 2021, para incentivar que más países adopten ese tratado.