Contrato laboral, ¿firmado a distancia?

La e.firma no es suficiente para comprobar el consentimiento

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 .  (Foto: iStock)

En un mundo hiperconectado y con necesidad de evitar el contacto como el que vivimos en el 2020, las dinámicas para contratar cambiaron, incluso la forma de verificar que somos nosotros se transformó, cobrando importancia la identificación digital a través de datos biométricos o una cédula digital.

El próposito de lo anterior como toda la tecnología es facilitar la vida de las personas y en un contexto pandemico en el que las personas necesitan de empleo y las empresas de contratar talento, la idea de hacer la firma del contrato laboral a la distancia, evitando contagios y además apresurando el proceso, suena como una excelente idea. 

"La manera donde te asocias a un contrato como persona ante una empresa es muy relevante. Entonces, en una empresa tu podrías establecer tu contrato con una firma que fuera más allá de lo digital", destacó el CEO de Dicio, Miguel Espinoza. 

Actualmente, explicó existen firmas digitales como la que ofrece la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) para el cumplimiento de obligaciones fiscales; no obstante, la utilización de la anterior no brinda certeza de que la propietaria de la firma fue quién firmó los archivos. Pues ocurre el caso de que "las personas le prestan a su contador su clave para que ellos les hagan las declaraciones y le dan su CIEC o su e.firma completa y lo ejecutan; con eso le están dando la autoridad de identificarse ante el SAT y todo lo que haga el contador es su responsabilidad individual". 

Es entonces, recalcó la importancia de verificaciones digitales de consentimiento, con mecanismos en los que el contratante firme mediante una herramienta digital con biometría, inteligencia artificial y blockchain; por ejemplo, a través de un teléfono inteligente en una página web que otorga un número único asociado a la cara de la persona. Además con los modelos de inteligencia artificial se constata que quién firma está en vivo haciendo la transacción y se hace un comparativo con un documento de identidad. 

"Los rostros de una persona, su número canónico, que así se llama el biométrico del rostro, el número canónico del rostro es único y es válido en un período de 10 años, más cinco, menos cinco años, para ser comparado contra otra imagen de tu rostro. Entonces, si tomas tu credencial del INE y lo comparas y tienes 28 años, tu credencial la sacaste cuando tenías 25, la foto va a ser diferente, pero el número canónico va a ser el mismo", abundó. 

Ahora bien, este consentimiento podría generar un bloque dentro de una cadena de bloques único donde la arquitectura asegura que no puede ser modificable, de manera que la firma sería 100% segura. 

Este tipo de prácticas son seguras para las empresas que desean adquirir talento, pero también para los candidatos al no tener que trasladarse y tener la certeza de que sus datos personales y biométricas no pasarán por más manos de las necesarias o puedan ser utilizadas para algo perjudicial. 

No obstante, Espinoza, destacó la necesidad de buscar empresas que se apeguen a normas internacionales de ciberseguridad y de protección de datos personales que estén en constante actualización al respecto, para adquirir los servicios de firma digital.