Día de muertos ¿descanso obligatorio?

Al ser una tradición mexicana, los colaboradores dan por hecho que los patrones están obligados a concederlo

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 .  (Foto: iStock)

El día de muertos es una celebración tradicional mexicana, la cual tiene lugar el 2 de noviembre de cada año, y está vinculada a la creencia católica de los fieles difuntos y por ello, es común que los trabajadores consideren que es un día de descanso obligatorio.

El numeral 74 de la LFT prevé los días feriados y dentro de estos no contempla el 2 de noviembre; por ende, si los subordinados no asisten a trabajar en esa fecha, el patrón no está obligado a pagarle ninguna retribución, pues no se está prestando el servicio (art. 82, LFT).

No obstante, si a través del contrato individual o colectivo de trabajo o incluso en el reglamento interior se señala el día referido como festivo, el empleador debe respetar este derecho otorgándoles el descanso y el salario correspondientes, y en caso de requerir los servicios de sus subordinados tiene que cubrirles un salario doble adicional al correspondiente día de asueto (arts. 31 y 73, LFT).