En 2021, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) modificó la asignación de diputaciones, lo que se convirtió en un parteaguas en la construcción de la democracia paritaria, y alcanzando la paridad exacta con 250 diputadas federales, algo que no se había visto antes en el país.
De acuerdo con el estudio “Paridad en la integración de las legislaturas”, elaborado por la investigadora Lorena Vázquez Correa de la Dirección General de Análisis Legislativo del Instituto Belisario Domínguez (IBD), tras la sentencia del TEPJF, al menos 17 entidades lograron tener más diputadas que diputados en la integración de sus congresos.
Asimismo, Vázquez Correa detalló que una de las sentencias más trascendentes modificó la asignación de diputaciones por el principio de representación proporcional, lo que permitió incrementar de 248 a 250 las curules asignadas a mujeres en la Cámara de Diputados para garantizar la paridad en la integración del órgano legislativo (250-250).
Vale la pena mencionar que la medida fue aplicada al partido político que tuvo una mayor subrepresentación de mujeres, es decir, el que tuvo el menor porcentaje en la asignación.
Lo anterior, a palabras de la experta, significa que “la paridad debe ser entendida como un piso mínimo y no como un techo para la representación política de las mujeres”, enfatizando en que las resoluciones del tribunal han consolidado a la paridad de género en sus diferentes dimensiones: vertical, horizontal, transversal e histórica.
Además, sobre cómo aplicar el mismo criterio frente a congresos de integración impar de curules, el Tribunal determinó que deberá observarse el principio de alternancia, lo que significa que si en una legislatura un sexo tuvo un escaño más que el otro, en la siguiente se invertiría la relación, de manera que se priorice la paridad.