Por qué elaborar el reglamento interior en conjunto con los colaboradores

Al ser el documento que rige la interacción de las partes que integran la relación laboral, debe ser elaborado por ambas

IDC le extiende una cordial invitación a nuestros seminarios: Aspectos legales y fiscales de transmisión inmobiliaria y Fusión de sociedades: Aspectos fiscales y corporativos a evaluar, que se llevarán a cabo el 8 y 22 de septiembre de 2022, respectivamente. En esta liga puede consultar los temarios e inscribirse si así lo desea.

Anteriormente, el patrón como dueño de la fuente de trabajo, era quien dictaba las normas de cómo debían prestarse los servicios, sin consultar a los colaboradores.

Fue hasta la reforma a la LFT de 1970 que se adoptó que el reglamento interior de trabajo (RIT) se instituyera por medio de una comisión mixta conformada por igual número de representantes de los empleados y del empleador, para así democratizar las decisiones del centro laboral, y fomentar el equilibrio entre los factores de la producción —trabajo y capital— (arts. 2o. y 424, fracc. I, LFT).

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No se trata de reproducir en el reglamento interior, los derechos y las obligaciones previstas en la LFT, sino de crear nuevas disposiciones para el mejoramiento de la relación laboral, concretamente para el desarrollo de las tareas en los establecimientos.

De ahí la importancia de que no solo los patrones seleccionen a sus representantes, sino que también los trabajadores elijan a quienes participarán en el proceso de elaboración de la normatividad que les impactará en su esfera jurídica, y así esta sea proporcional y justa; esto es, para que aquellos velen por los intereses de toda la plantilla, ya que en términos del numeral 355 de la LFT, son considerados una coalición (acuerdo temporal de un grupo de subordinados para la defensa de sus prerrogativas comunes).

Para conocer más acerca de la trascendencia de cumplir con lo señalado en la LFT para la formación de este instrumento jurídico y algunos puntos esenciales para tales efectos, se recomienda consultar el tema “Nueva visión en la elaboración del reglamento interior de trabajo”, disponible en la edición electrónica número 516, del 31 de agosto de 2022.