Impacto de la legitimación y el teletrabajo
Entre los riesgos de los mecanismos de respuesta rápida se encuentra la prohibición total para exportar bienes o servicios al país demandante
Laboral
Los cambios a la legislación laboral en México han tenido un impacto significativo en las empresas, la creación de empleo y la competitividad. Si bien el país se está recuperando de los efectos de la pandemia por COVID-19, aún existen desafíos importantes para las organizaciones que se adaptan a un panorama laboral en constante cambio, indicó el abogado de Sánchez Devanny, Alfredo Kupfer.
Detalló que tras los reclamos que Estados Unidos realizó bajo el Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida, diseñado para reparar violaciones a los derechos de libertad sindical y negociación colectiva en empresas e instalaciones que produzcan bienes o presten servicios que sean objeto de comercio entre los países firmantes del T-MEC (Tratado México, Estados Unidos y Canadá), y como resultado ha habido un impacto financiero y organizacional significativo en las empresas y sus operaciones en México.
De acuerdo con la reforma a la Ley Federal del Trabajo, es necesario que los contratos colectivos sean legitimados por la mayoría de los trabajadores sindicalizados, mediante un voto secreto, estas resoluciones deben darse a más tardar el 1 de mayo de 2023. En caso de que no se legitime el contrato colectivo de trabajo, dará lugar a la extinción automática del mismo.
Esta obligación, también contenida en el Anexo 23-A del T-MEC, exige que los sindicatos que suscriban convenios colectivos de trabajo realicen un proceso ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, en donde el ente regulador debe organizar una consulta para obtener el voto secreto y los trabajadores tendrán que decidir si quieren continuar con dicho convenio colectivo, o si debe ser eliminado.
“Estas reformas se han convertido en un tema crítico ya que se ha visto que pocos sindicatos están preparados para enfrentar los requisitos que establece la legislación nacional e internacional. Esto se debe a que no tienen experiencia trabajando para negociar mejores condiciones ante los empleadores, e incluso algunos no cuentan con los recursos o infraestructura para mantener su membresía”, destacó.
En ese sentido, indicó que las potenciales contingencias que pueden enfrentar las empresas como consecuencia de un Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida son:
perder la tarifa de exportación preferencial bajo el T-MEC para la exportación de bienes o servicios a la región de América del Norte
sanciones impuestas por el país donde se vendieron los productos y servicios relevantes
una prohibición total para exportar bienes o servicios al país demandante
En cuanto al teletrabajo, Kupfer refirió que el gobierno de México aprobó en enero de 2021 las regulaciones para el “teletrabajo”. El decreto establece que se debe promulgar regulación en materia de salud y seguridad en el teletrabajo, dentro de los 18 meses posteriores a la publicación de la reforma.
Por lo anterior, los empleadores deben preparar y validar una lista de verificación que incluya, entre otras cosas, el identificar posibles riesgos laborales, como los psicosociales y ergonómicos, con consecuencias para la salud de los trabajadores. Hacer una revisión presencial del lugar o lugares elegidos por el empleado para trabajar, en caso de no ser posible, el trabajador llevará a cabo una auto-verificación.
Así mismo, los empleadores deben validar la conexión a Internet, electricidad, iluminación y ventilación aceptables, validar que el área de trabajo esté limpia y ordenada, con temperatura y ventilación que se sienta confortable, y que el nivel de ruido permita la concentración.
También debe asegurar que el empleado tenga un mobiliario adecuado, así como, elaborar una política de teletrabajo, que incluya el establecimiento de un horario laboral, reglas para contactar y supervisar el trabajo, mantenimiento de las herramientas de trabajo, un mecanismo para atender casos de violencia intrafamiliar, entre otros.