Un colaborador demandó su reinstalación por un supuesto despido injustificado, pero durante la tramitación del conflicto falleció. Ante ello, nos preguntamos si el juicio concluye o no, o qué pasará. Nos pueden orientar
Cuando el trabajador demanda la reinstalación se considera que desea continuar con la relación laboral, por lo que en caso de no desvirtuarse el despido injustificado, no se rompe el vínculo existente con su patrón.
Sin embargo, al fallecer el empleado objeto de su consulta, durante el trámite del juicio, es materialmente imposible que se dé la reinstalación; de ahí que se configure la causal de la terminación de la relación laboral prevista en el artículo 53, fracción II de la LFT.
Es de precisar que ante la defunción de quien los demandó, quienes se consideren beneficiarios pueden acudir ante el juez de lo laboral —antes de que emita su sentencia— para que sean declarados como tal y puedan percibir las prestaciones pendientes de cubrirse (vacaciones, prima vacacional, aguinaldo, y prima de antigüedad), y en su caso, los salarios caídos generados entre la fecha de la separación y aquella en que el subalterno murió (arts. 48, cuarto párrafo; 76; 80; 87; 115; y 501, LFT). Esto de acuerdo con las tesis de rubros:
- BENEFICIARIOS DE LOS TRABAJADORES. DEBEN COMPARECER A JUICIO ANTES DE QUE ÉSTE CULMINE, Registro digital: 197987, y
- MUERTE DEL TRABAJADOR DESPUÉS DE DEMANDAR SU REINSTALACIÓN (CONSECUENCIAS), Registro digital: 275193