Marco legal del reparto de PTU

Para regular la entrega de tal prestación, se cuenta con las siguientes disposiciones

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El derecho de los trabajadores de participar en las utilidades de las empresas nace del numeral 123, apartado “A”, fracción IX, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), y para regular la entrega de tal prestación, se cuenta con las siguientes disposiciones:

  • Capítulo VIII Participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas, del Título Tercero de la LFT, artículos del 117 al 131, que contienen las reglas para efectuar la individualización de su concesión
  • preceptos 9o., penúltimo y último párrafo; 109, cuarto, quinto y último párrafo, y 152 de la LISR, que disponen cómo las personas deben calcular su renta gravable, la cual sirve como base para calcular la PTU
  • Reglamento de los artículos 121 y 122 de la LFT, el cual define el procedimiento para la tramitación y resolución del escrito de objeciones de los colaboradores en torno a la declaración anual presentada por los patrones ante el SAT, al igual que las bases de funcionamiento de la Comisión Intersecretarial para la PTU de las Empresas, y
  • Resolución de la Sexta Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas —RSCNPTUE— (DOF 18 de septiembre de 2020) que establece el porcentaje del 10 % sobre la base gravable a repartir entre los subordinados