SAT y STPS llaman a empleadores a pagar PTU a trabajadores

Las personas morales tienen hasta el 30 de mayo para pagar las utilidades, mientras que las personas físicas tienen hasta el 29 de junio

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 -  (Foto: Redacción)

El reparto de utilidades (PTU), es un derecho plasmado en el artículo 123, apartado A de la Constitución, por ello, el SAT y la STPS llamaron a los empleadores a cumplir con dicha obligación.

A través del comunicado 020/2023, fechado al 24 de mayo presente, las instituciones señalaron que todos los colaboradores que presten un trabajo personal subordinado a una persona física o moral, mediante el pago de un salario, “tienen derecho a participar en las utilidades de las empresas donde laboran” de forma anual.

Asimismo, recordaron que las utilidades se determinan en dos partes, la primera mitad es por los días trabajados, mientras que la otra mitad corresponde al monto de los salarios percibidos, y una vez que las empresas presentan su declaración anual, los empleadores están obligados a repartir las utilidades.

Del 1 de abril al 30 de mayo si se trata de una persona moral, y del 1 de mayo al 29 de junio si se trata de una persona física; además, el SAT enfatizó en que “el reparto de utilidades determinado para cada persona trabajadora no podrá suspenderse, aun cuando los representantes de las personas trabajadoras objeten ante la autoridad fiscal competente la declaración del ISR”.

Los trabajadores que tienen derecho al reparto de utilidades son aquellos que están en servicio activo de planta y eventuales que laboraron al menos 60 días durante el año, que tienen incapacidad temporal, licencia de maternidad e incluso los extrabajadores que de igual forma laboraron al menos 60 días en el año.

El pago debe realizarse en moneda de curso legal y no puede pagarse a través de mercancías, vales u otros artículos, aunque hay que considerar que el monto si puede tener descuentos por concepto de deudas contraídas con el patrón y pago de pensiones alimenticias a favor de acreedores alimentarios decretado por la autoridad.

Si pasado el tiempo, la PTU no es pagada a los trabajadores, estos tienen hasta con un año para solicitarlas, y pueden emitir su denuncia al correo inspeccionfederal@stps.gob.mx.