Por primera vez pagaremos vales de despensa a nuestros trabajadores, pero dudamos si el monto a cubrir debe ser completo o proporcional a los días laborados en el mes; es decir, si debemos descontarles dicha prerrogativa por faltas o incapacidades médicas que hubiesen tenido. Nos pueden orientar
Los vales de despensa es una prestación denominada de previsión social, encaminada a mejorar la calidad de vida de los empleados y de su familia; ello porque al recibir este tipo de beneficio evitan desembolsar parte de su salario para la adquisición de alimentos de la canasta básica y otros productos.
Esta prestación, a diferencia de otros beneficios, no está condicionada a las labores prestadas por los empleados, porque no se trata de conceptos retributivos, sino de los otorgados por la simple existencia del vínculo laboral.
Por tal virtud, ante la inasistencia justificada o injustificada de un subordinado, ustedes están obligados a entregarle los vales de despensa de forma completa, ya que no tienen el carácter remunerativo.