Recientemente un trabajador nos comunicó su renuncia, y al elaborar su finiquito vacilamos si debemos cubrirle o no los vales de despensa, qué nos pueden comentar
La palabra “finiquito”, según el Diccionario Jurídico Mexicano del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, “es el acto por el cual se da por bien cumplida y terminada la gestión de una persona —física o moral— que administra un negocio jurídico ajeno”; por ende, finiquitar en materia laboral, se entiende por saldar al colaborador de cualquier tipo de adeudo de carácter económico a que tuviera derecho por el solo transcurso del tiempo.
De ahí que, el finiquito que se entrega al momento de finalizar la relación laboral debe incluir todas las prestaciones legales (aguinaldo, vacaciones y prima vacacional) y extralegales causadas y no pagadas, como lo son los vales de despensa, sea cual fuere el motivo del rompimiento del vínculo.