El carácter de trabajador de confianza depende de la naturaleza de las funciones que realiza y no de la designación que se le dé al puesto que ocupe.
El numeral 9o. de la Ley Federal del Trabajo (LFT) precisa que son funciones de confianza las de dirección, inspección, vigilancia y fiscalización, cuando tengan carácter general, y las que se relacionen con trabajos personales del patrón dentro de la empresa o establecimiento.
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Limitantes legales de los trabajadores de confianza
Si bien, el artículo 182 de la LFT, señala que a los trabajadores de confianza se les debe proporcionar condiciones laborales acorde con la naturaleza e importancia de los servicios que presten, pero no nunca deben ser inferiores a las que rigen para trabajos semejantes dentro de la empresa o establecimiento, la propia LFT en diversos preceptos les restringe ciertos derechos, a saber:
Derecho y fundamento |
Descripción |
Libertad sindical o de asociación profesional (art. 183, LFT) |
No pueden:
|
Participación de las utilidades en las empresas (art. 127, fraccs. I y II, LFT) |
Salvo que sean administradores, directores o gerentes generales de la empresa para la que trabajan, participan de las utilidades, pero con un salario especial. Si su salario es mayor al que percibe el colaborador sindicalizado de más alto salario o a falta de este, el de planta con la misma característica, se considera el salario de este aumentado en un 20 % como la base salarial con la que participarán |
Reinstalación obligatoria (arts. 48; 49, fracc. III; 50, fracc. II; 79; 80; 87 y 162, fracc. III, LFT) |
Ante un despido injustificado, el trabajador de confianza puede ejercer cualquiera de estas dos acciones:
Estas acciones son excluyentes entre sí, por lo que solo se puede elegir una. Para la procedencia del pago de los 20 días por año de un colaborador de confianza contratado por tiempo indeterminado, se requiere que:
En este caso el Tribunal Laboral exime a la compañía de la reinstalación, siempre que cubra al colaborador los 20 días por año, tres meses de salario, además de la parte proporcional de las prestaciones devengadas (aguinaldo, vacaciones y prima vacacional) y la prima de antigüedad respectiva |
Es conveniente mencionar que las condiciones de trabajo contenidas en el CCT que rige en la empresa se extenderán a los trabajadores de confianza, salvo disposición expresa en el contrato colectivo, de conformidad con el numeral 184 de la LFT.
De acuerdo con el precepto 187 de la LFT, el patrón puede rescindir la relación de trabajo con un trabajador de confianza, si existe un motivo razonable y justificable de la pérdida de confianza; no obstante, que no coincida con las causas justificadas de rescisión contempladas en el artículo 47 de la LFT.
En este caso, el trabajador de confianza puede ejercitar las acciones indemnizatoria o reinstalatoria mencionadas. Si fue promovido a un puesto de planta, en el caso referido volverá a dicho puesto salvo que exista una causa justificada para hacer separado (arts. 47, 49, fracc. III, y 186, LFT).
Diferencias entre trabajador de confianza y trabajador ordinario
Para dejar claro qué trabajadores deben ser catalogados de confianza y entender mejor las diferencias con el trabajador ordinario, a continuación se presenta el siguiente cuadro distintivo:
Trabajador de confianza |
Trabajador ordinario |
Presta su trabajo personal subordinado, y dada la trascendencia del puesto, es necesario que exista un contrato |
Presta su trabajo personal subordinado a un patrón, entendiendo que va a existir la relación de trabajo |
Realiza sus actividades generalmente de forma intelectual, precisamente por el grado de preparación |
Realiza sus actividades intelectual o materialmente, independientemente del grado de preparación |
Desempeña actividades específicas que tienen que ver con el manejo directo de la empresa |
Desempeña actividades las cuales pueden ser globales en la empresa |
Por su naturaleza e incluso confidencialidad con que se desempeñan, no cualquier los suple |
Son de fácil sustitución |
Gozan del derecho a PTU con la limitante de que el reparto por lo que hace al salario devengado, será con una base especial |
Goza de la participación de las utilidades de la empresa |
Las condiciones de los contratos colectivos protegen sus derechos, siempre que no exista pacto en contrario |
Las condiciones y prerrogativas de trabajo en los contratos colectivos protegen sus derechos laborales |
No forma parte del sindicato de los demás trabajadores |
Su relación de trabajo es tutelada por el sindicato |
Si fue trabajador ordinario puede volver a su puesto de planta |
Pueden ser promovidos a un puesto de confianza |
Gozan de estabilidad relativa |
Gozan de estabilidad en el empleo |