El 24 y 26 de diciembre se publicaron en el Diario Oficial de la Federación los acuerdos, por el que se da a conocer el calendario de:
- días inhábiles y de suspensión de labores ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (Cefecorel), para el 2025 y enero de 2026
- suspensión de labores de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) y su Órgano Administrativo Desconcentrado, para el año 2025
A continuación se detalla el contenido de dichos documentos.
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Descanso del Centro de Conciliación Laboral Federal
Las coordinaciones generales y oficinas estatales del Cefecorel suspenderán labores, considerados como inhábiles para efectos de las diligencias o actuaciones de los procedimientos administrativos que se tramitan o deban tramitarse en dicha entidad, por lo que no correrán plazos ni vencerán términos legales, además de los sábados y domingos, los siguientes días:
- 3 de febrero de 2025
- 17 de marzo de 2025
- 17 y 18 de abril de 2025
- 1o. de mayo de 2025
- 16 de septiembre de 2025
- 17 de noviembre de 2025
- 25 de diciembre de 2025, y
- 1o. de enero de 2026
Asimismo, se suspenden los plazos y términos legales de los actos y procedimientos administrativos seguidos ante el Centro Federal en los periodos, del:
- 16 al 29 de julio de 2025 (primer periodo de vacaciones), y
- 17 al 31 de diciembre de 2025 (segundo periodo de vacaciones)
Durante esos lapsos las actuaciones, notificaciones, requerimientos y demás diligencias, así como las solicitudes o promociones presentadas ante las unidades administrativas, se entenderán realizadas hasta el día hábil siguiente, salvo las diligencias cuando exista causa justificada a consideración del titular de la Coordinación General, expresando concreta y claramente cuál es ésta, así como las gestiones que hubiesen de practicarse, a fin de proveer los asuntos cuya urgencia y relevancia lo ameriten.
También se habilitan todos los días y horas inhábiles, incluidos sábados y domingos, para que se practiquen diligencias o actuaciones y se sustancien los trámites relacionados al procedimiento de huelga en que intervenga el Centro Federal.
Días inhábiles de la STPS
La STPS y su Órgano Administrativo Desconcentrado, considerarán como inhábiles, para todos los efectos legales, además de los sábados y domingos, los días de 2025 que a continuación se enlistan:
- miércoles 1o. de enero
- lunes 3 de febrero
- lunes 17 de marzo
- jueves 17 y viernes 18 de abril
- jueves 1o. y lunes 5 de mayo
- miércoles 25 de junio
- martes 16 de septiembre
- lunes 17 de noviembre, y
- jueves 25 de diciembre
Se precisa que, en ningún caso, se verán afectados los programas a cargo de esta Secretaría, por lo que seguirán funcionando normalmente en términos de las reglas de operación correspondientes.