Velavo y PASSAT: regularización de cumplimiento laboral

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Los mecanismos alternos de inspección permiten a las empresas acreditar voluntariamente que cumplen sus deberes patronales
Según el Programa de Inspección Federal del Trabajo 2025, dado a conocer en agosto por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), uno de los objetivos de esta autoridad es fomentar la adopción de mecanismos alternos al cumplimiento normativo en materia laboral, impulsando la autorregulación y el uso de prácticas laborales responsables.
Los mecanismos alternos de inspección son esquemas que se ponen a disposición de las empresas para que informen o acrediten el acatamiento de sus deberes patronales (arts. 2o., fracc. VI y 46, Reglamento General de Inspección del Trabajo y Aplicación de Sanciones Laborales —RGITAS—).
Actualmente, los empleadores pueden registrarse en dos programas: Verificación Laboral Voluntaria (Velavo) y Autogestión en Seguridad y Salud en el Trabajo (PASST).
No obstante, se precisa que estos mecanismos no son para regularizar obligaciones en materia laboral, sino que son un trámite para que las empresas acrediten su cumplimiento; por ello, resulta indispensable efectuar una auditoría previo a la inscripción a estos programas.
El Velavo sirve para certificar el cumplimiento patronal de: las condiciones generales de trabajo; la capacitación, el adiestramiento y la productividad; así como la seguridad y salud en el trabajo.
El PASST busca promover que los empresarios implementen y operen sistemas de administración en materia de seguridad y salud en el trabajo, con base a estándares nacionales e internacionales, para favorecer el funcionamiento de ambientes laborales seguros (arts. 5o., fracc. VII, Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo ─RFSST─; 6.1, Lineamientos Generales de Operación ─Lineamientos─).
Se pueden incorporar al PASST todo tipo de centros de trabajo, con prioridad para aquellas actividades económicas o ramas industriales determinadas de alto riesgo en el ámbito nacional y local.
Los patrones que se adhieren al programa reciben formación y apoyo de la STPS para que obtengan el distintivo de “Empresa Segura”.
Las empresas que se inscriban a estos programas y cumplan con los requisitos de estos, no serán objeto de inspección ordinaria, pero sí de visitas de asesoría y asistencia técnica para el acatamiento de las disposiciones laborales (arts. 12 y 48, RGITAS).
Como resultado de estas visitas, la autoridad puede determinar acciones preventivas o correctivas que deben ejecutar los patrones, así como los plazos para su ejecución y programar visitas de seguimiento (arts. 19, RGITAS).
Si de las visitas de seguimiento se descubren incumplimientos a la legislación laboral, se programará una inspección extraordinaria.