Interrumpe vacaciones por incapacidad

Interrumpe vacaciones por incapacidad

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 .  (Foto: IDC online)

Durante sus vacaciones un colaborador que lamentablemente sufrió un accidente, y al que le fueron otorgados algunos días de incapacidad ... ... nos señala que su período vacacional se interrumpió por el efecto de las incapacidades y por ende tiene derecho a disfrutar de los días de vacaciones que quedaron pendientes. ¿Es cierto lo argumentado por el trabajador

El objetivo del otorgamiento de vacaciones es que el trabajador disfrute de un descanso totalmente pagado sobre días
laborables, en términos del artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo, mientras que el período de incapacidad médica tiene como propósito que el asegurado recupere sus facultades físicas o mentales que le imposibilitaron en cierto momento a realizar su trabajo habitual, por lo que es un término en el cual justificadamente no puede prestar los servicios, y es una causal de suspensión de la relación laboral, conforme a los  artículos 42, fracción II de la Ley Federal del Trabajo  y 110 del Reglamento de Servicios Médicos del IMSS.

Por lo anterior, el período vacacional programado por las partes no surtirá efectos para el trabajador incapacitado, quedando a salvo sus derechos sobre el disfrute de dicho período al término de la incapacidad cuando él lo solicite.