A causa de su embarazo una de nuestras colaboradoras nos ha solicitado varios permisos para ausentarse en sus horas de trabajo con el fin de asistir con su médico a revisión y practicarse varios estudios ¿estamos obligados a otorgárselos y de ser así ¿debemos cubrirle su salario en dichos permisos La autorización de los permisos a los trabajadores no se encuentra regulada por la Ley Federal del Trabajo (LFT), de ahí que sea decisión de la empresa si los autoriza y cubre el salario correspondiente a éstos.
En todo caso, debe solicitarse a la trabajadora indague sobre la posibilidad de que las citas y estudios a realizarse con motivo de su estado que sean practicados por médicos particulares o en el Instituto Mexicano del Seguro Social se programen fuera de las horas de trabajo para evitar interrupciones de la jornada laboral.
A fin de inhibir este tipo de solicitudes, se recomienda establecer reglas específicas sobre el otorgamiento de permisos o días económicos en su reglamento interior de trabajo, mismo que debe depositarse ante la Junta de Conciliación y Arbitraje correspondiente para que surta efectos legales (numeral 423, fracción IX y 425 de la LFT).