Prórroga para presentación de dictamen fiscal 2016
Para gozar de esta facilidad es necesario que las contribuciones estén pagadas a más tardar el 15 de julio de 2017
Seguridad Social
Por Antonio Castillo
Aquellos contribuyentes que por el ejercicio 2016 hayan optado por dictaminar sus estados financieros para efectos fiscales por contador público registrado, deberán presentarlo a más tardar el 15 de julio de 2017.
Sin embargo, de acuerdo con la regla 2.13.2. de la RMISC 2017 dicho dictamen fiscal podrá ser presentado a más tardar el 31 de julio de 2017, cumpliendo con las siguientes condiciones:
- las contribuciones deberán estar pagadas el 15 de julio de 2017, y
- el anexo "Relación de contribuciones por pagar" deberá consignar que tales tributos fueron cubiertos en la referida fecha
Dicha normativa apercibe a los contribuyentes que de no cumplir con estas condicionantes, y el dictamen sea presentado después del 15 de julio de 2017, será considerado extemporáneo.
Por su parte, las sociedades controladoras podrán presentar su dictamen fiscal a más tardar el 29 de agosto de 2017, bajo las mismas condicionantes, debiendo en su caso, quedar pagadas las contribuciones el 15 de agosto de 2017.