¿Vehículo para uso personal y laboral integra al SBC?

El uso principal es para el desempeño de las actividades del trabajador, por lo que se considera un instrumento de trabajo

Le otorgamos a nuestros ejecutivos un vehículo para que realicen sus actividades laborales, mismo que también ocupan para uso personal. Uno de nuestros asesores nos señaló que en este caso la concesión de vehículo deja de ser una herramienta de trabajo y se convierte en una prestación que integra al SBC. Ustedes qué opinan sobre el particular


En nuestra opinión la entrega del automóvil a sus trabajadores tiene la naturaleza jurídica de herramienta, ya que este se emplea principalmente para que desempeñen las tareas para las cuales fueron contratados; por ende, se trata de un instrumento de trabajo. Eso con independencia de que ustedes le den permiso de utilizarlo con fines personales, más aún considerando que el coche está bajo el resguardo de los subordinados (art. 27, fracc. I, LSS).