El IMSS dio a conocer que a partir del 10 de mayo de 2018 entrarán en vigor los acuerdos:
- ACDO.AS2.HCT.280218/42.P.DPES y su Anexo Único, relativo a la autorización para el uso de la Firma Electrónica Avanzada (e.firma), cuyo certificado digital sea emitido por el SAT, en las actuaciones y actos administrativos en los procedimientos inherentes a los procesos para el otorgamiento de las prestaciones en dinero que prevé la LSS, que realicen los servidores públicos del IMSS, y
- ACDO.AS1.HCT.280218/43.P.DPES, por el que se autoriza dentro de la estrategia IMSS Digital, el desarrollo y uso del componente de pensiones denominado Mi Pensión Digital
Con estos instrumentos se pretende dotar de facultades a los servidores públicos del Seguro Social para que puedan utilizar su e.firma (emitida por el SAT) para emitir resoluciones vinculadas a las prestaciones en dinero de la LSS (trámites de pensiones), a través de medios electrónicos, en las cuales se podrá utilizar el sello digital para darle el carácter de institucional.
Los papeles emitidos en esos términos deberán notificarse a los solicitantes personalmente en las ventanillas de las unidades de prestaciones económicas o por medios informáticos, en caso de que proceda, y serán válidos y exigibles a partir del día siguiente al de su notificación.
Todo ello va encaminado a que lo asegurados y sus familiares puedan utilizar la aplicación Mi pensión Digital, ubicada en la plataforma IMSS Digital, y así poder:
- conocer:
- el cálculo estimado de su pensión, considerando la información que el Instituto tenga sobre sus semanas de cotización reconocidas, salario base de cotización, el tipo de pensión y el régimen solicitado, y
- los datos personales y el cálculo estimativo de las pensiones de viudez, orfandad o ascendencia, y
- registrar la información necesaria para modificar sus datos en caso de que sean incorrectos
Este aplicativo se liberará en dos instancias: en la primera solo servirá para pensiones de cesantía en edad avanzada y vejez; y posteriormente se podrá consultar la información para los casos de incapacidad permanente, de retiro, de viudez, de orfandad y de ascendientes.
Asimismo, para ingresar a este sistema, los interesados proporcionarán su Número de Seguridad Social, Clave Única de Registro de Población y un correo electrónico.