Regímenes de amortización del Infonavit

Existen dos formas con las que cuenta un acreditado para liquidar este tipo de créditos

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 .  (Foto: iStock)

Según las Reglas para el Otorgamiento de Créditos a los Trabajadores Derechohabientes del Infonavit existen dos formas de que un colaborador cubra su crédito de vivienda ante el Infonavit.

Esto va a depender de quién realiza el pago:

  • Régimen Ordinario de Amortización (ROA): es aplicable a los acreditados que tienen una relación laboral, por lo que la liquidación del crédito de vivienda se realiza través de las retenciones y descuentos efectuados vía nómina por los patrones a los salarios de los trabajadores acreditados, y enterados bimestralmente al Instituto, y
  • Régimen Especial de Amortización (REA): es el que debe realizar el subordinado cuando:
    • pierde o está suspendida su relación laboral, y no ejerció oportunamente su derecho a la prórroga
    • al vencimiento de la prórroga, no está sujeto a un vínculo de trabajo regido por el artículo 123, apartado A de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM)
    • se trate de un acreditado que esté jubilado o pensionado bajo el régimen de la LSS
    • el trabajador acreditado cambie de trabajo y quede sujeto a un lazo laboral distinto al previsto en el numeral 123, apartado A de la CPEUM, o
    • el subordinado labore para un patrón que no esté obligado a realizar aportaciones al Instituto

Es importante señalar que para que los patrones queden liberados de su obligación de descuento y entero de un crédito de vivienda al terminar la relación de trabajo, comuniquen la baja del subordinado ante el IMSS (arts. 35, 49 y 50, Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos al Infonavit).