¿Seguridad social para albañiles?

Se propuso la creación de un Fondo de Apoyo para Trabajadores de la Construcción administrado por el gobierno federal

 Los estados donde se concentra la mayor población de estos obreros son Jalisco, Guanajuato, Michoacán, Veracruz, Ciudad de México, Chihuahua, Coahuila, Nuevo León  (Foto: Cuarto Oscuro)

Rodrigo Hernández

Con el fin de que los albañiles cuenten con seguridad social y apoyo económico mensual, que sería previsto en el Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF), se planteó reformar la Ley Federal del Trabajo.

El diputado Juan Martín Espinoza Cárdenas de Movimiento Ciudadano propuso la creación de un Fondo de Apoyo para Trabajadores de la Construcción administrado por el gobierno federal y el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

La Ley establece que el trabajo en obras de construcción es una actividad peligrosa e insalubre; sin embargo, las condiciones en las que labora el personal son vulnerables, pues no tiene seguridad mínima. Además, 89.3% no cuenta con ningún tipo de seguridad social que por ley o derecho le corresponde, subrayó.

Espinoza Cárdenas agregó que cifras de la Organización Internacional del Trabajo señalan que, cada año, mueren alrededor de 108 mil trabajadores de la construcción. Mencionó que de los 2.4 millones que se desempeñan en este sector, 99.6% son hombres y 0.4%.

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La edad promedio de quienes se dedican a la albañilería va de los 14 a los 37 años. De cada cien, 48 tienen entre 30 y 49 años de edad; 33, entre 14 y 29 años, de los cuales destaca que ocho son menores de 20 años.

Los estados donde se concentra la mayor población de estos obreros son Jalisco, Guanajuato, Michoacán, Veracruz, Ciudad de México, Chihuahua, Coahuila, Nuevo León y el Estado de México; 26.3% reside en zonas rurales y 73.7 en áreas urbanas; además, nueve de cada cien albañiles son indígenas.

El Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) cita que un albañil trabaja en promedio 45 horas a la semana; algunos más de 48 horas y, en ocasiones, solo dos o tres días.

La reforma que adiciona el Capítulo XVIII del Título Sexto y se adicionan los artículos 353-V, 353-W y 353-X del citado ordenamiento, fue turnada a las Comisiones del Trabajo y Previsión Social para dictamen, y a la de Presupuesto y Cuenta Pública para opinión.

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