Trato discriminatorio en afiliación de empleadas domésticas
La Corte declaró que es discriminatorio no afiliar a las trabajadoras domésticas al Seguro Social
Seguridad Social
La segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó el proyecto del Ministro Alberto Pérez Dayán del amparo directo 9/2018, en donde se determinó que es inconstitucional que los patrones no estén obligados a inscribir a las empleadas del hogar ante el IMSS.
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El trabajo doméstico ha sido tradicionalmente objeto de condiciones inadecuadas, extensas jornadas y bajos salarios, expuestos a condiciones que están lejos del concepto de trabajo digno.
Por ello, a continuación se detallan los aspectos que se consideraron para amparar a este tipo de trabajadoras:
- el artículo 13, fracción II de la LSS es discriminatorio y violatorio del derecho
- humano a la seguridad social, debido a que excluye del Régimen Obligatorio del Seguro Social (ROSS) a las colaboradoras del hogar, y
- atendiendo a la trascendencia sistémica y estructural del problema de discriminación detectado, así como a la obligación derivada del precepto 1o de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, lo procedente es poner a conocimiento del IMSS, atender la violación sistémica al derecho humano a la seguridad social que se genera ante la aludida discriminación normativa
Por ese motivo, la Corte ordena al Instituto implementar un programa piloto que tenga como fin último, diseñar y ejecutar un régimen especial de seguridad social para las trabajadoras del hogar.
A continuación, se señalan los elementos más relevantes que tiene que considerar el IMSS para llevar a cabo ese plan:
- contar con condiciones no menos favorables que las previstas para los demás trabajadores. Esto decir, deben proporcionarse los seguros de Riesgos de Trabajo; Enfermedades; Maternidad; Invalidez y Vida, y Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (SIC)
- que las empleadas sean consideradas como un grupo de difícil cobertura
- una fácil implementación para los patrones
- no puede ser de carácter voluntario, sino imperativo
- viable para el Instituto, desde el punto de vista financiero, y
- deberá tomarse un salario base de cotización específico (que atienda a la realidad social y al pago promedio)
Todo ello para que, en un plazo no mayor a 18 meses a partir de la implementación del referido programa piloto, el IMSS proponga al Congreso de la Unión, las adecuaciones normativas necesarias para la incorporación del ROSS a las empleadas domésticas.
Como se observa la resolución está encaminada a que el Instituto resuelva la problemática de estas empleadas desde su esfera administrativa y no así el legislador.
Por su parte, el Director General del IMSS, Germán Martínez Cázares comunicó vía twitter que el Instituto acatará inmediata y puntualmente la decisión que tomo la SCJN para la inclusión de las empleadas del hogar al ROSS, además ha ordenado a la Dirección de Incorporación y Recaudación se ponga a diseñar el programa piloto en el tiempo que les estableció el Alto Tribunal.