Trato discriminatorio en afiliación de empleadas domésticas

La Corte declaró que es discriminatorio no afiliar a las trabajadoras domésticas al Seguro Social

 .  (Foto: iStock)

Nancy Rodríguez

La segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó el proyecto del Ministro Alberto Pérez Dayán del amparo directo 9/2018, en donde se determinó que es inconstitucional que los patrones no estén obligados a inscribir a las empleadas del hogar ante el IMSS.

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El trabajo doméstico ha sido tradicionalmente objeto de condiciones inadecuadas, extensas jornadas y bajos salarios, expuestos a condiciones que están lejos del concepto de trabajo digno.

Por ello, a continuación se detallan los aspectos que se consideraron para amparar a este tipo de trabajadoras:

  • el artículo 13, fracción II de la LSS es discriminatorio y violatorio del derecho
  • humano a la seguridad social, debido a que excluye del Régimen Obligatorio del Seguro Social (ROSS) a las colaboradoras del hogar, y
  • atendiendo a la trascendencia sistémica y estructural del problema de discriminación detectado, así como a la obligación derivada del precepto 1o de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, lo procedente es poner a conocimiento del IMSS, atender la violación sistémica al derecho humano a la seguridad social que se genera ante la aludida discriminación normativa

Por ese motivo, la Corte ordena al Instituto implementar un programa piloto que tenga como fin último, diseñar y ejecutar un régimen especial de seguridad social para las trabajadoras del hogar.

A continuación, se señalan los elementos más relevantes que tiene que considerar el IMSS para llevar a cabo ese plan:

  • contar con condiciones no menos favorables que las previstas para los demás trabajadores. Esto decir, deben proporcionarse los seguros de Riesgos de Trabajo; Enfermedades; Maternidad; Invalidez y Vida, y Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (SIC)
  • que las empleadas sean consideradas como un grupo de difícil cobertura
  • una fácil implementación para los patrones
  • no puede ser de carácter voluntario, sino imperativo
  • viable para el Instituto, desde el punto de vista financiero, y
  • deberá tomarse un salario base de cotización específico (que atienda a la realidad social y al pago promedio)

Todo ello para que, en un plazo no mayor a 18 meses a partir de la implementación del referido programa piloto, el IMSS proponga al Congreso de la Unión, las adecuaciones normativas necesarias para la incorporación del ROSS a las empleadas domésticas.

Como se observa la resolución está encaminada a que el Instituto resuelva la problemática de estas empleadas desde su esfera administrativa y no así el legislador.

Por su parte, el Director General del IMSS, Germán Martínez Cázares comunicó vía twitter que el Instituto acatará inmediata y puntualmente la decisión que tomo la SCJN para la inclusión de las empleadas del hogar al ROSS, además ha ordenado a la Dirección de Incorporación y Recaudación se ponga a diseñar el programa piloto en el tiempo que les estableció el Alto Tribunal.


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