¿Número de seguridad social para menores, posible?

Jurídicamente es posible que las personas que tengan menos de 18 años pueden ser trabajadores por lo que deben cotizar ante el Seguro Social

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José Juan Rios Aguilar

La legislación laboral permite la contratación de personal de 15 años en adelante, por lo que en términos del artículo 12, fracción I de la LSS, estos sujetos deben ser inscritos al Régimen Obligatorio del Seguro Social.

En ese sentido, estos deben acudir a la subdelegación del IMSS que les corresponde a su domicilio para tramitar la asignación del Número de Seguridad Social, para lo cual deben presentar en original y copia para cotejo, lo siguiente:

  •  acta de nacimiento
  • impresión de su CURP
  •  identificación, la cual puede ser:
  • certificado oficial de estudios tales como: primaria, secundaria o preparatoria; constancia del grado de estudios que está cursando; credencial escolar, o boleta de calificaciones

Asimismo, esta gestión se puede realizar a través de Internet, ingresando a este link, capturando la CURP y correo electrónico del interesado.


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