Corre peligro el derecho a la seguridad social

Con la entrada en vigor del programa Jóvenes Construyendo el Futuro, se van a mermar más las finanzas del Seguro Social.

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 .  (Foto: iStock)

El 10 de enero de 2019 se publicaron en el DOF los lineamientos para la operación del programa Jóvenes Construyendo el Futuro; este se centra en un modelo de corresponsabilidad social –entre los sectores público, privado y social– destinado a ofrecer a los jóvenes un espacio, apoyos y actividades estructuradas para desarrollar o fortalecer hábitos de trabajo y competencias técnicas que promuevan su inclusión social e incrementen sus posibilidades de empleabilidad.

Quienes pueden beneficiarse de esta política son las personas de 18 y 29 años que no trabajan y no estudian, pero desean recibir capacitación en un centro de trabajo, orientada a la adquisición o el fortalecimiento de habilidades técnicas y blandas por un periodo máximo de 12 meses.

Además de la capacitación, los aspirantes recibirán:

una “beca” (realmente es un apoyo social), por el monto de 3,600 pesos mensuales, y
seguro médico que cubra las ramas de accidentes, enfermedades, maternidad y de riesgos de trabajo, durante el tiempo de permanencia en el programa, el cual va a otorgarse por el IMSS
En tal virtud, el 31 de enero de 2019 entró en vigor el decreto publicado en el DOF por la STPS y firmado por el titular del Ejecutivo Federal, por el que se incorpora al Régimen Obligatorio del Seguro Social, por lo que corresponde a las prestaciones en especie de los seguros de Enfermedades y Maternidad y Riesgos de Trabajo, a los beneficiarios del Programa Jóvenes Construyendo el Futuro y que no cuenten con la misma o similar protección por parte del Instituto Mexicano del Seguro Social o cualquier otra institución de seguridad social.
En este documento se ordena al IMSS que les otorgue a los “becarios” las prestaciones en especie de los Seguros de Enfermedades y Maternidad y Riesgos de Trabajo.
A cambio de esto, el gobierno federal cubrirá un monto de 705.83 pesos por “aprendiz”, situación que no alcanza para realmente pagar los servicios que se pretenden brindar.
Consecuentemente se van a mermar las reservas financieras del Instituto, con lo cual se afectará la atención que reciben los hoy derechohabientes, tal y como se muestra a continuación.

Régimen financiero del Seguro Social

Según el licenciado Javier Moreno Padilla, en su obra Derecho Fiscal de la Seguridad Social, el desarrollo financiero de las entidades de seguridad social descansa en dos métodos de reparto (puro y simple) y de capitalización.

Continúa señalado el especialista que, en nuestra legislación, el sistema de reparto puro, se considera precalculado, aceptando por tal los ingresos necesarios de un ejercicio para solventar las erogaciones que básicamente están descritas en la ley, y precisamente por encontrarse las prestaciones en un marco legal es necesario conocer el posible monto de la erogación en márgenes estadísticos, por esta razón el caso de los Seguros de Enfermedades y Maternidad no tratan de buscar un presupuesto simple de equilibrio, sino especialmente la medida financiera dentro del costo de los servicios.

Por todo esto, el Instituto tiene una estructura financiera, conformada por reservas para cubrir las obligaciones que la LSS le ordena; es decir, tiene varios tipos de fondos (recursos monetarios acumulados para garantizar el pago de las contingencias previstas en cada uno de los Seguros del Régimen Obligatorio del Seguro Social —ROSS—), las cuales se registran como una provisión al momento de su constitución, y dentro de estos se encuentran las Reservas Operativas para cada uno de los seguros integrantes del ROSS (arts. 278, 279, 280 y 281, LSS).

Validez de la incorporación de los jóvenes

  • En términos del artículo 12, fracción III de la LSS, el titular del ejecutivo, ordenó que se incorporen al ROSS a los beneficiarios del programa mencionado, con el fin de que gocen de las prestaciones en especie que cubren los Seguros de:
  • Enfermedades y Maternidad: asistencia médico quirúrgica, farmacéutica, hospitalaria, así como la asistencia obstétrica y,
  • Riesgos de Trabajo: asistencia médica, quirúrgica y farmacéutica; servicio de hospitalización; aparatos de prótesis y ortopedia y rehabilitación
  • Esta incorporación se va a realizar en los términos del acuerdo que para tal efecto emita el Consejo Técnico del IMSS, el cual al cierre de esta edición no se ha publicado.
  • El artículo 3o. del decreto, prevé que las prestaciones que otorgue el Instituto a los “becarios” van a estar a cargo del presupuesto autorizado para la STPS en el ejercicio fiscal correspondiente.
  • Las cuotas a enterar por cada joven se determinarán considerado como base el valor de la UMA vigente en el momento de la inscripción, elevado al año, aplicándole el factor del 2.29 %, y se enterarán dentro de los primeros 17 días de cada uno de los meses del año.

Es decir, el gobierno va a pagarle al IMSS el monto de 705.83 pesos, el cual se determina de la siguiente forma:

Fórmula

Sustitución


UMA anual

$30,822.00

Por:
Factor

2.29 %

Igual:
Monto a cubrir en los Seguros de Enfermedades y Maternidad y Riesgos de Trabajo, por cada ™becario∫

$705.83

Críticas
Es importante señalar que no existe simetría respecto a lo que va a pagar el gobierno federal por los “becarios” con lo que se les brindará.
De hecho debe considerarse que los trabajadores, incluso los que ganan salario mínimo, los patrones cubren sus cuotas con base a un salario base de cotización (SBC), el cual se determina con el salario diario y la integración de las prestaciones otorgadas por sus servicios, en términos del numeral 27 de la LSS, a efectos de que el IMSS realice sus reservas financieras para otorgar las prestaciones que le ordena la ley; y por los “Ninis” (que no van a contribuir al sistema de seguridad social), el Estado va a pagar unas cuotas con base a la UMA.

Bajo este contexto, con el monto de la beca de 3,600 pesos, la STPS debería cubrir el otorgamiento de las prestaciones en especie de los Seguros de Enfermedades y Maternidad con un SBC de 120 pesos, ya que a la “beca” no se le integra ningún otro concepto porque los jóvenes solo perciben esa ayuda. Por lo tanto de los dos seguros deberían enterar los siguientes importes:

Enfermedades y Maternidad


Fórmula

Sustitución

 

Ayuda asistencial diaria

$120.00

Por:

Cuota fija por cada joven

20.40 %

Igual:

Cuota diaria

$24.48

Por:

Días del mes

30

Igual:

Monto mensual a cubrir por las prestaciones en especie del Seguro de Enfermedades y Maternidad

$734.40

Riesgos de trabajo

Fórmula

Sustitución

 

Ayuda asistencial diaria

$120.00

Por:

Prima de riesgos de trabajo considerando la prima media de la clase I

0.54 %

Igual:

Monto a cubrir por cuota diaria

$0.65

Por:

Días del mes

30

Igual:

Monto mensual a cubrir por el Seguro de Riesgos de Trabajo

$19.56


Como se observa, los 705.83 pesos que se aportarán por los “becarios” no equivale al total de las cuotas de prestaciones en especie del Seguro de Enfermedades y Maternidad y por el de Riesgos de Trabajo; lo que origina un déficit de 48.13 pesos, y si se proyecta que el número de beneficiados de este programa va a ser de 2 millones 300 mil jóvenes, la cuantía de pérdida, sería de 110 millones 699 mil pesos, lo que repercutiría en los servicios que otorga el IMSS.

Conclusión
Del presente análisis se desprende que el gobierno federal no está considerando el sistema financiero del Seguro Social, el cual se basa en reservas, mismas que se alimentan de las cuotas obrero-patronales, que se calculan aplicando ciertos porcentajes actuariales (primas de financiamiento) que garantizan la viabilidad económica de cada rama de aseguramiento.
Ello, en virtud de que va aportar menos cantidad de la que se previó en los estudios actuariales que permiten que el IMSS le entregue a sus derechohabientes las prestaciones en especie de los Seguros de Enfermedades y Maternidad y de Riesgo de Trabajo.

Lo anterior, provocará que el Instituto tendrá que tomar de sus demás reservas con lo que generará un desequilibrio financiero que probablemente afecte la construcción de hospitales, compra de medicina y de aparatos médicos.

Otra cuestión es que los patrones y trabajadores cumplidos seguirán cubriendo el total de las cuotas obrero-patronales, las cuales servirán para solventar la atención clínica que se le dé a los “becarios”.