Anuncian seguridad social para jornaleros

De acuerdo con diputados ese grupo de trabajadores son de los más vulnerables, hay empresas que se aprovechan de ellos

Agroempresarios y el gobierno mexicano, a través de la Secretaría de Economía (SE) acordaron rechazar la estacionalidad agrícola de la modernización del tratado comercial.
 Agroempresarios y el gobierno mexicano, a través de la Secretaría de Economía (SE) acordaron rechazar la estacionalidad agrícola de la modernización del tratado comercial.  (Foto: Cuarto Oscuro)

La Comisión de Seguridad Social, que preside la diputada Mary Carmen Bernal Martínez, aprobó un dictamen que reforma el artículo 12 de la Ley del Seguro Social, con el objetivo de garantizar la obligación de los patrones de otorgar seguridad social a los trabajadores del campo o jornaleros permanentes.

La reforma adiciona la fracción I de dicho artículo para incluir que serán sujetos de aseguramiento del régimen obligatorio, las personas que de conformidad con el artículo 280 de la Ley Federal del Trabajo, el cual se refiere al trabajador estacional o eventual del campo que labore en forma continua por un periodo mayor a 27 semanas para un patrón y que tiene a su favor la presunción de ser trabajador permanente.

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“Se debe contribuir a fortalecer el cumplimiento efectivo de los derechos sociales, que fomenten las capacidades de las personas en situación de pobreza, incidiendo positivamente en la alimentación, salud y educación mediante la reducción de las condiciones de precariedad que enfrenta la población jornalera agrícola” afirmó la comisión en un comunicado.

Al respecto, el diputado Isaías González Cuevas señaló que ese grupo de trabajadores son de los más vulnerables, hay empresas que se aprovechan de ellos; cuando los contratan les ofrecen todo y “a la mera hora los dejan abandonados”.

Esta iniciativa fue turnada para su dictaminación a las comisiones de Seguridad Social y a la de Trabajo y Previsión Social, pero por práctica parlamentaria se acordó aprobar el dictamen cada una en su respectiva comisión.