JUE 24/04
TDC 19.6278
LUN 10/03
INPC 139.1610
SAB 01/03
RECARGOS FEDERALES 1.47%
SAB 01/02
UMA 113.14
Es importante cumplir con las responsabilidades patronales ante el Instituto aun derivadas de una decisión voluntaria
El dictamen Infonavit tiene como propósito que los patrones auditen el cumplimiento de sus obligaciones en materia de vivienda, entre las que destaca el cálculo y entero de aportaciones y los descuentos de amortización de créditos de vivienda de sus colaboradores, a través de contador público autorizado (CPA).
LEE:
Por su parte, el dictamen fiscal tiene como objetivo revisar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes, quienes si son patrones deben presentar ante el Infonavit copia del informe sobre su situación fiscal entregado al SAT, así como los anexos referentes a las contribuciones por concepto de aportaciones patronales.
En la practica es común que lleguen a confundirse estas formalidades, de ahí que se detallen sus diferencias:
Concepto | Anexos de vivienda | Dictamen Infonavit |
Información a presentar |
| Deben exhibirse dos legajos del dictamen, uno para el Instituto y el otro para el CPA o patrón. Cada documento debe contener como mínimo:
|
Cuándo se debe entregar | En un plazo de 15 días hábiles posteriores a la fecha de vencimiento de presentación del dictamen ante el SAT (esto fue a más tardar el 5 de agostos de 2019), según los numerales 32-A, tercer párrafo del CFF; 84 del Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos al Infonavit —Ripaedi—). No obstante, la regla 2.13.2. de la RMISC 2019 previó como nueva fecha para la presentación del dictamen fiscal: 12 de agosto de 2019; siempre y cuando las contribuciones se hubiesen pagado al 15 de julio de 2019, y eso hubiese quede reflejado en el anexo Relación de contribuciones por pagar. Por lo tanto, quienes estén en ese supuesto, pudieron presentar su anexo de vivienda el 2 de septiembre de 2019 en la Gerencia de Recaudación Fiscal de la Delegación Regional que corresponda al domicilio fiscal del patrón dictaminado | En un lapso máximo de seis meses contados a partir de la fecha de presentación del aviso de dictamen (art. 65, Ripaedi) |
Su presentación es | “Obligatoria” siempre y cuando el patrón hubiese optado por dictaminarse para efectos fiscales | Voluntaria |
Fundamento legal | Artículos 29, fracción VIII de la Ley del Infonavit y 84 del Ripaedi | Artículos del 55 al 83 del Ripaedi |
Efecto de la omisión
| Multa de tres a 150 veces la UMA, es decir, 253.47 a 12,673.50 pesos (arts. 6o., fracc. XV y 8o., fracc. I, Reglamento para la Imposición de Multas por Incumplimiento de las Obligaciones que la Ley del Infonavit —RIM—) | Infracción de tres a 150 veces la UMA, actualmente, 253.47 a 12, 673.50 pesos (arts. 6o., fracc. XVI y 8o., fracc. I, RIM) |
Hay que recordar que la Coordinación General de Recaudación Fiscal, a través del Gerente Senior de Fiscalización del Infonavit, envió un documento a los miembros de la Comisión Representativa ante Organismos de Seguridad Social (CROSS) del Instituto Mexicano de Contadores Públicos, en donde les comunicó que tomando en cuenta que la carga de los patrones para presentar el informe sobre su situación fiscal con los anexos referentes a las aportaciones patronales, se encuentra supeditada al hecho de que en el CFF se prevé la obligación de estos para dictaminar sus estados financieros, tal circunstancia desde 2014 es inexistente, por lo que el organismo considera que el marco jurídico vigente hace inaplicable la observancia de dicho deber.
Sin embargo, en la práctica diversas Delegaciones del Infonavit señalan que las empresas que optaron por presentar su dictamen fiscal ante el SAT, deben exhibir al Infonavit una copia con firma autógrafa, de los anexos referentes a las contribuciones por concepto de aportaciones de vivienda.
Como se observa, la presentación del dictamen ante el Infonavit y la exhibición de los anexos fiscales (aportaciones de vivienda) son dos gestiones diferentes, que tienen fundamentación y motivación distintos; no obstante, ambos buscan indagar que las empresas han cumplido con las obligaciones en materia de vivienda.