Pago extemporáneo de cuotas de patrón RIF ¿Qué consecuencias tiene?

El pago extemporáneo de las cuotas obrero-patronales es una causa por la cual termina la aplicación de estímulo citado

Como tributo en el Régimen de Incorporación Fiscal, entero la carga social de mis trabajadores aplicando el estímulo fiscal referido en el decreto presidencial del 8 de abril de 2014. Por problemas de liquidez me fue imposible pagar a tiempo las cuotas obrero-patronales de noviembre y diciembre de 2019 de mis subordinados, pero ahora puedo hacerlo, debo pagar la actualización y los recargos correspondientes

Sí, usted tiene que calcular y enterar las cuotas obrero-patronales referidas en su consulta con la actualización y recargos respectivos, de conformidad con los artículos 17-A y 21 del CFF (art. Noveno penúltimo párrafo, Decreto por el que se otorgan estímulos para promover la incorporación a la seguridad social del 8 de abril de 2014).

No obstante, debe considerar que esa no es la única consecuencia, de hecho lo más preocupante, es que el pago extemporáneo de las cuotas obrero-patronales es una causa por la cual termina la aplicación de estímulo citado; por tanto, al perder este beneficio debe pagar normalmente dichas contribuciones, así lo prevén el artículo Noveno, fracción III del Decreto aludido y el numeral 10.1.2. del acuerdo del Consejo Técnico del IMSS, número ACDO. SA1.HCT.250614/141.P.DIR, relativo a la aprobación de las disposiciones de carácter general para la aplicación del estímulo fiscal al pago de las cuotas obrero- patronales al Seguro Social.