Oficial, emisión de incapacidad por maternidad en línea
El IMSS ha implementado la gestión de este tramite a través de sus plataformas digitales para mitigar riesgos de contraer Coronavirus
Seguridad Social
La maternidad es el estado fisiológico de la mujer originado por el proceso de la reproducción humana. Abarca el embarazo, el parto, el puerperio y la lactancia (art. 2o., fracc. X, Reglamento de Prestaciones Médicas del IMSS —RPM—).
A fin de mantener protocolos de seguridad y sanidad ante la contingencia actual por el COVID-19 y por tratarse de un sector de mayor vulnerabilidad, el IMSS dio a conocer en el DOF del 4 de mayo de 2020, el ACDO.AS2.HCT.070420/119.P.DPES, tocante a la autorización para la certificación del estado de embarazo y expedición de incapacidades por maternidad desde plataformas digitales de acceso remoto. A continuación, lo más relevante de este documento, el cual entró en vigor el mismo 4 de mayo de 2020.
La Dirección de Prestaciones Médicas está facultada para:
- certificar el estado de embarazo y expedición de incapacidades por maternidad desde plataformas digitales de acceso remoto, tanto para las aseguradas que hubiesen acudido a los servicios médicos para control prenatal como a las que se atienden con servicios médicos ajenos al IMSS
- suspender la carga del registro de alta o modificación de cuentas CLABE interbancarias de las colaboradoras para el pago de subsidios por incapacidad temporal para el trabajo por maternidad, e
- incorporar en el proceso de pago de la incapacidad temporal para el trabajo por maternidad la confirmación del patrón a través del portal del IMSS
Además, se instruye a la Dirección de Innovación y Desarrollo Tecnológico para que aporte las adecuaciones necesarias en los sistemas informáticos que requieran la Dirección de Prestaciones Médicas y Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales para la correcta aplicación del Acuerdo.