Tras la pandemia ocasionada por el Coronavirus (COVID-2019) en el país se han aplicado varias medidas, para luchar contra la propagación de la enfermedad, entre las cuales están incluidas las que afectan a los centros de trabajo como la suspensión temporal de actividades no esenciales según la Secretaría de Salud.
Una vez que las medidas implementadas logren una reducción suficiente de los índices de transmisión del COVID-19, el gobierno federal autorizará que se retome gradualmente las actividades laborales.
No obstante, independientemente de cómo y en qué momento se retomen las actividades laborales de forma normal, es probable que ciertas medidas se mantengan durante un tiempo para evitar nuevos índices de infección.
De que ahí que el IMSS diera a conocer una "Lista de comprobación ante el COVID-19, retorno al trabajo", que permite a los patrones la realización de un diagnóstico situacional sobre las condiciones, los equipos, los recursos y los materiales necesarios que deben considerar, a fin de garantizar el retorno seguro de sus subordinados a sus labores.
La lista de comprobación está compuesta por los siguientes grupos de recomendaciones:
- Medidas de ingeniería, se enfoca en áreas de entrada y salida al centro de trabajo; comunes (comedores, vestidores, casilleros, cafeterías, salas de reuniones, salas de espera o recepción, etcétera); de oficinas o administrativas; en el proceso productivo y sanitarios
- Medidas administrativas dirigido a todas las áreas de trabajo
- Equipo de protección personal orientado al conjunto de elementos y dispositivos, diseñados específicamente para proteger al empleado contra accidentes y enfermedades que pudieran ser causados por agentes o factores generados con motivo de sus actividades de trabajo y de la atención de emergencias
- Capacitación encaminado a los programas de capacitación para el personal directivo o gerencial de las acciones a realizar en la empresa para prevenir y evitar cadenas de contagio por COVID-19, y
- Promoción a la salud conducido para el protocolo para manejo de subordinados sospechosos, contactos, confirmados y su reincorporación laboral; así como de promoción, prevención, atención y seguimiento de los estados de salud en el personal que pueden generar complicaciones por Coronavirus
Para poder aplicar esta lista debe considerarse lo siguiente:
- controles de riesgo: son las medidas de ingeniería, administrativas, equipo de protección personal y capacitación otorgada al empleado, así como a las acciones realizadas en materia de promoción a la salud
- nivel de contacto entre trabajadores: es la frecuencia y el tiempo de contacto que pueda tener un colaborador con otro, dentro del centro de trabajo
- riesgo de contagio: es la multiplicación de la variable “controles de riesgo” por la variable “nivel de contacto entre trabajadores”, entre menos controles de riesgo se tengan y la frecuencia y el tiempo de contacto entre trabajadores sea alto, el riesgo de contagio se considera como muy alto
- centro de trabajo: el lugar o lugares, tales como edificios, locales, instalaciones y áreas, donde se realicen actividades de explotación, aprovechamiento, producción, comercialización, transporte y almacenamiento o prestación de servicios, en los que laboren personas que estén sujetas a una relación de trabajo
- cubrebocas: protección de nariz y boca de diversos materiales, se sugiere sea triple capa, lavable, el cual debe cambiarse cada que este se encuentre húmedo por las secreciones del trabajador. Este se depositará en contenedores de basura común una vez que se encuentren maltratados
Método de aplicación
La lista de comprobación se integra por cuatro columnas:
- primera “punto de comprobación”, señala las medidas que se sugiere deben implementar los centros de trabajo
- segunda y tercera “nivel de contacto entre trabajadores” y “controles de riesgo”, indican que tan continua es la interacción entre la plantilla laboral y si se implementan o no los controles respectivos, y
- cuarta “riesgo de contagio”, es la multiplicación de las ponderaciones de las columnas segunda y tercera, lo que arroja como resultado el categorizado como desde bajo a muy alto
Con estas clasificaciones de riesgo el patrón puede priorizar sobre las acciones que debe implementar de manera inmediata, dando prioridad a aquellas medidas que por su ausencia o nivel de deficiencia generen un riesgo de contagio muy alto y alto.
Para calcular el “riesgo de contagio” se utilizará la ecuación siguiente:
Controles de Riesgo x Nivel de Contacto entre Trabajadores = Riesgo de Contagio
En este enlace podrás consultar los Anexos de valoración sobre exposición de trabajadores a COVID-19.
Como se observa, los criterios establecidos en estas evaluaciones están orientadas a prevenir y mitigar el riesgo de contagio, así como romper la cadena de transmisión del virus SARS-CoV-2 dentro de los centros de trabajo.
Finalmente, es indispensable que tal documento esté signado el comité de retorno al trabajo y el patrón o su representante legal e iniciar a la brevedad las medidas necesarias para controlar el ambiente laboral y evitar el contagio por COVID-19.