IMSS restablece más términos y plazos

El Instituto dio a conocer diversos acuerdos en el DOF para reanudar sus plazos

 .  (Foto: Cuarto Oscuro)

Nancy Rodríguez

El Seguro Social publicó en el DOF del 26 de agosto de 2020 los acuerdos dictados por su Consejo Técnico en sesión permanente de 14 de agosto de 2020:

  • SA2.HCT.140820/204.P.SG, por el que se autoriza se reanude el cómputo de los plazos y términos para el trámite de los procedimientos administrativos y/o procesos precisados en el Anexo, y
  • SA2.HCT.140820/205.P.DJ, por el que se autoriza se reanude el cómputo de los plazos y términos legales pudiéndose realizar y desahogar aquellas actuaciones, diligencias, audiencias, notificaciones, requerimientos y demás actividades necesarias para el trámite de los procedimientos relacionados con reclamaciones de indemnización patrimonial del estado y el recurso de revisión administrativa a que hace referencia el acuerdo número ACDO.AS2.HCT.250320/99.P.DJ, dictado por el H. Consejo Técnico en sesión ordinaria de 25 de marzo de 2020. 

Ambos documentos están vigentes a partir del 27 de agosto, y en ellos se dan a conocer los trámites, procedimientos administrativos y/o procesos a reanudar: 

Dirección normativa

Nombre del trámite, procedimiento administrativo y/o proceso a reanudar

Describir en qué consiste la reanudación

Secretaría General

Recurso de inconformidad

De los plazos para la tramitación y resolución

Correspondencia

De los lapsos de respuesta de peticiones ciudadanas que se reciban

Dirección Jurídica

Quejas médicas

De los términos para la resolución y el pago de las quejas

Correspondencia

De los plazos de respuesta de peticiones ciudadanas que se reciban

Reclamaciones de indemnización patrimonial del Estado

Para la realización de actuaciones y diligencias en los procedimientos, conforme al artículo 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo

Recurso de revisión administrativa

Para la realización de actuaciones y diligencias en los procedimientos administrativos, conforme al artículo 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo

Esto sin perjuicio de lo establecido en el Plan Estratégico Institucional para la Atención de la Contingencia por COVID-19.

Finalmente, cabe recordar que el Seguro Social a través del acuerdo ACDO.AS2.HCT.240620/169.P.DIR, ya había autorizado la reanudación de los plazos a partir del 14 de julio para efectos de la práctica de actuaciones, diligencias, audiencias, notificaciones o requerimientos en el ámbito de competencia de la Dirección de Incorporación y Recaudación, de los Órganos de Operación Administrativa Desconcentrada Regionales y Estatales, así como Operativos del Seguro Social, respecto de aquellos patrones que reanuden actividades conforme lo establezcan las autoridades sanitarias correspondientes.

Para más información revise la nota IMSS reanuda términos y precisa qué pasa con trámites de dictamen.

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