IMSS enmienda programa piloto de empleados domésticos

La fecha de la entrada en vigor de estas reglas se dará a conocer en la página de Internet del Instituto

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 .  (Foto: Cuarto Oscuro)

El Seguro Social publicó en el DOF del 31 de agosto de 2020 el acuerdo de su Consejo Técnico número ACDO.AS2.HCT.220720/190.P.DIR, dictado por el H. Consejo Técnico en sesión ordinaria el día 22 de julio de 2020, por el que se aprueban las Reglas de carácter general de la prueba piloto fase II para la incorporación de las personas trabajadoras del hogar al Régimen Obligatorio del Seguro Social contenidas en el Anexo Único del presente Acuerdo. 

En ese documento se reforman las reglas Primera, Segunda, Cuarta, Quinta, Sexta y Séptima y entrarán en vigor cuando así lo dé a conocer IMSS en su portal; a continuación, se detallan las novedades. 

Glosario

Se agregan los conceptos de: LFT; RFC y personas trabajadoras del hogar (que son aquellsa que de manera remunerada realizan actividades de cuidado, aseo, asistencia o cualquier otra actividad inherente al hogar en el marco de una relación laboral que no importe para la persona empleadora beneficio económico directo, conforme a las horas diarias o jornadas semanales establecidas en la LFT). 

Afiliación

Ahora, para obtener el formato de pago, se debe presentar, del:

  • patrón: nombre completo, domicilio, CURP y correo electrónico. En su caso, de manera opcional el RFC y teléfono celular, y
  • trabajador doméstico: nombre completo, CURP, NSS, domicilio, salario base de cotización diario integrado y días trabajados

Se precisa que cuando la persona trabajadora del hogar tenga más de un empleador (multipatrón), cada uno de ellos enterará las cuotas correspondientes.

Asignación o localización de NSS

Si señala que si el interesado es extranjero y no cuenta con copia certificada del acta de nacimiento apostillada para su cotejo y, en su caso, acompañada de la traducción al español, puede presentar documentación de identidad que lo acredite de acuerdo con su nacionalidad; como puede ser la carta de naturalización o documento migratorio vigente que corresponda, emitido por autoridad competente (en su caso prórroga o refrendo migratorio) en original, para obtener su NSS en las Subdelegaciones del Instituto.

Cálculo de cuotas obrero-patronales

Las personas trabajadoras del hogar que laboren exclusivamente para un patrón (de planta o de entrada por salida) durante todo el mes calendario, este debe enterar la totalidad de las cuotas obrero-patronales correspondientes al periodo y retener, en su caso, las cuotas obreras correspondientes.

Si el colaborador doméstico labora con más de un empleador, cada uno de ellos debe, en su caso, retener las cuotas obreras que correspondan y cubrir el monto correspondiente a las cuotas obrero-patronales a los días que labore el subordinado durante el mes calendario que corresponda, cubriendo además la proporción de los días de descanso obligatorios establecidos en la LFT.

En caso de que la persona empleada del hogar trabaje al menos 20 días, considerando los días de descanso, y devengue el monto correspondiente a un salario mínimo integrado mensual vigente de la zona geográfica respectiva, conforme al domicilio reportado por el o los patrones, queda cubierta durante el mes calendario que corresponda, con el salario promedio. Cuando los domicilios de los patrones se encuentren en diferentes áreas geográficas, se aplicará el salario mínimo general.

Estatus de trabajadores ya inscritos

A la entrada de esta fase, los empleados domésticos incorporados bajo la propia prueba piloto durante su fase anterior permanecerán inscritas en la misma hasta el término de la cobertura respectiva.