Plasmar en la ley un tope máximo para el cobro de pensiones por parte de las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) es innecesario puesto que ya existe un compromiso de las mismas para ello, aseveró la Asociación Mexicana de Administradores de Fondos para el Retiro (Amafore).
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Al respecto, la iniciativa privada consideró que esto podría ser contraproducente, además de que la disminución de las mismas ocurrirá de “forma automática”, al aprobarse la reforma” pues se daría un incremento en los saldos de ahorro de los trabajadores lo cual permitiría que las comisiones disminuyan con mayor rapidez”.
En ese sentido, el presidente de la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex), Gustavo de Hoyos advirtió en su cuenta de Twitter que este aspecto “se aparta de lo negociado del sector privado”, además de violar el Tratado Comercial con Estados Unidos y Canadá “lo que es absurdo, ya que las comisiones son determinables por otros países”
Por lo anterior, la Amafore solicitó “encontrar durante el proceso legislativo un esquema que permita la convergencia a estándares internacionales, en beneficio de los trabajadores y con estricto apego a los principios jurídicos establecidos por nuestra Constitución, las leyes y reglamentos en materia de competencia económica, así como a los preceptos comprometidos por México a través de diversos tratados comerciales internacionales”.