¿Papás ya tendrán acceso a guarderías del IMSS?

El IMSS deberá ejercer, con sujeción a las disponibilidades presupuestales, que se realice una incorporación gradual de los derechohabientes

 .  (Foto: Getty)

Valeria Torres

El pleno del Senado de la República aprobó las reformas a la Ley del Seguro Social, por las que se establece que los padres trabajadores del Instituto Mexicano del Seguros Social (IMSS), tendrán el mismo derecho que las madres de llevar a sus hijas e hijos a las guarderías del Instituto.

El documento señaló que el servicio de guardería era restrictivo, ya que excluía como beneficios de la seguridad social a los varones, lo cual no favorecía la corresponsabilidad de los padres en la atención de sus descendientes, ni fomenta la posibilidad de que la mujer comparta su tiempo en otras actividades productivas y mucho menos, atiende a las necesidades de los menores en su sano desarrollo.

No obstante, los trabajadores asegurados, padre y madre, deben gozar de los mismos derechos que les brinda la seguridad social, entre otros, el servicio de guardería.

"No existe justificación objetiva para un trato diferenciado entre ambos sexos, pues si el varón laboralmente activo solo obtiene el servicio de una guardería para sus menores hijos en casos excepcionales, eso significa que la Ley del Seguro Social presupone que en el hogar del trabajador asegurado exclusivamente la madre de sus hijos tiene el deber de dedicarse de tiempo completo a su cuidado" apuntó el documento.

LEE: CÓMO REALIZAR LA INSCRIPCIÓN A GUARDERÍAS

A detalle, las legisladoras y los legisladores aprobaron las reformas a los artículos 201, primer párrafo, y 205, primer párrafo, de la Ley del Seguro Social, para que todas las personas trabajadoras aseguradas tengan derecho a los servicios de guardería para sus hijas e hijos, durante las horas de su jornada de trabajo, en la forma y términos en esta Ley y en el reglamento relativo.

Asimismo, el IMSS deberá ejercer las atribuciones y obligaciones derivadas del presente Decreto de manera que, con sujeción a las disponibilidades presupuestales, se realice una incorporación gradual de los derechohabientes a los servicios que se establecen en el mismo, elaborando previamente un programa piloto para medir los impactos de éste en los servicios y operación del Instituto.

El proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 201, primer párrafo, y 205, primer párrafo, de la Ley del Seguro Social, fue remitido al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales y futura publicación en el DOF.


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