Solicitud de devolución de cuotas enteradas en demasía

La devolución de los pagos indebidos se hace con la actualización prevista en el artículo 17-A del CFF

El 16 de octubre de 2020 enteramos las cuotas obrero-patronales correspondientes a septiembre; sin embargo, en días posteriores el contador de la empresa se percató de que el 19 de octubre se pagaron nuevamente dichas contribuciones. Qué procedimiento debemos realizar para solicitar la cantidad pagada en exceso y cuál es el fundamento

Según lo previsto en los dispositivos 299 de la LSS y 131 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización —RACERF—, los patrones pueden solicitar al IMSS la devolución de las cuotas obrero-patronales enteradas en demasía.

La devolución de los pagos indebidos se hace con la actualización prevista en el artículo 17-A del CFF, siempre y cuando sean reclamadas dentro de los cinco años siguientes a la fecha del entero correspondiente, excepto las provenientes del Seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez.

Esto se confirma con el criterio de rubro: DEVOLUCIÓN DE LAS CUOTAS ENTERADAS SIN JUSTIFICACIÓN LEGAL AL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL. DEBE INCLUIR EL PAGO DE LOS INTERESES GENERADOS (APLICACIÓN SUPLETORIA DE LOS ARTÍCULOS 22 Y 22-A DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN), localizable en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima Época, Libro 33, Tomo IV, p. 2540, Materia Administrativa, Tesis I.9o.A.72 A (10a.), Tesis Aislada, Registro 2,012,338, de 19 de agosto de 2016.

Para realizar el trámite ustedes deben acudir al Departamento de Cobranza o a la Oficina para Cobros de la subdelegación correspondiente al domicilio de su registro patronal, y presentar un escrito libre con los siguientes datos:

  • nombre, denominación o razón social del patrón y en su caso del representante legal
  • número de registro patronal
  • domicilio para recibir notificaciones
  • ubicación del centro de trabajo
  • lugar y fecha en que se realiza la solicitud, y
  • motivo de petición (procedencia de la devolución de cuotas en términos del numeral 299 de la LSS)

A dicho escrito debe anexarse en original y copia para cotejo:

  • identificación oficial
  • tarjeta de identificación patronal
  • poder notarial, para acreditar el carácter del representante legal
  • documentación que pruebe la aclaración (cédulas de determinación de Emisión Bimestral Anticipada —EBA— emitida por el Sistema Único de Autodeterminación —SUA— o descargada a través de IMSS Desde su Empresa —IDSE—, y comprobante de pago efectuado en instituciones bancarias autorizadas por el Instituto, con protección de caja y sello bancario), y

En los primeros 20 días hábiles, el Seguro Social puede requerirles información adicional, por lo que ustedes disponen igual tiempo para atender el requerimiento. En caso de entregar incompleta la documentación requerida, se les puede solicitar nuevamente en un lapso de 10 días hábiles para que en un periodo igual desahoguen tal exigencia.

A partir de la presentación de la documentación completa y de proceder la petición, esta deberá efectuarse dentro del plazo de 50 días hábiles siguientes a la fecha en que se presenta la solicitud con todos los datos, informes y documentos que sustenten su procedencia, a satisfacción del Instituto.

Tratándose de devoluciones que se realicen mediante depósito en cuenta bancaria del patrón, la devolución deberá ejecutarse dentro del plazo de 40 días hábiles siguientes a la fecha en que se presentó el requerimiento (art. 131, segundo párrafo, RACERF).

Cabe señalar que según los criterios internos que maneje la subdelegación de que se trate, esta llevará a cabo la devolución a través de una nota de crédito, la cual podrán utilizar para el pago de próximas cuotas obrero-patronales causadas.

Si el importe es menor a la cuantía de las contribuciones a pagar, se emitirá una línea de pago para enterar el faltante, el cual debe realizarse el mismo día que se presente la nota; en tanto que si el saldo de la nota rebasa el costo de las cuotas obrero-patronales a pagar, se emitirá una nueva nota de crédito con el diferencial para que pueda ser usada posteriormente.