El Seguro Social dio a conocer en el DOF del 13 de abril de 2022, el acuerdo ACDO.AS2.HCT.300322/68.P.DIR, dictado por el H. Consejo Técnico en sesión ordinaria de 30 de marzo de 2022, mediante el cual se aprobaron los Lineamientos generales para el cumplimiento de la obligación establecida en el tercer párrafo del artículo 15-A de la LSS, así como su Anexo Único, los cuales entrarán en vigor a partir del 14 de abril de 2022.
Entre las novedades dadas a conocer en dicho documento, se encuentran las siguientes:
- posibilidad de enviar información complementaria:
- de corrección. Sirve para enmendar errores o subsanar omisiones de una informativa enviada previamente
- sin efectos. Aplica para eliminar en su totalidad datos comunicados al IMSS, y
- de actualización. Permite informar los cambios que han tenido los contratos reportados
Solo se permiten hasta un máximo de cuatro declaraciones complementarias para el mismo periodo, excepto tratándose de la complementaria de actualización, la cual por su naturaleza no está sujeta a este límite.
- el Instituto a través de su página web, dará a conocer mensualmente, el listado de contratos de servicios u obras especializados reportados, el cual será público y contendrá datos del contratista y contratante así como de la informativa, y
- la Dirección de Incorporación y Recaudación, será la encargada de interpretar los lineamientos para efectos administrativos; resolver las dudas o formular las aclaraciones presentadas o solicitadas con motivo de la aplicación de estos, y de resultar necesario, emitir las disposiciones respectivas para la correcta atención de estos
Para profundizar sobre el contenido del documento se recomienda consultar el Infoflash #3327 IMSS difunde Reglas ICSOE y suplencia, de acceso exclusivo para nuestros suscriptores. Si aún no es suscriptor de IDC puede suscribirse aquí.