Alternativas de seguridad social tras ser despedido

Los empresarios y su área de RRHH, al ser fuente de información para subordinados, deben conocer las opciones con las que cuentan estos al momento de concluir el vínculo laboral

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 .  (Foto: iStock)

Los patrones al rescindir justificada o injustificadamente la relación de trabajo con sus colaboradores no solo deben preocuparse en cubrirles las prestaciones laborales correspondientes, sino también que esa desvinculación tenga un carácter humano.

Esto es, tratarlos con respeto y darles orientación en cuanto a porqué de la decisión que se tomó, las opciones qué tienen para una búsqueda de empleo, y cómo pueden seguir disfrutando de los beneficios de la seguridad social.

Por ello, resulta oportuno que las áreas de recursos humanos de las compañías conozcan los pormenores a atender por los extrabajadores para la continuación voluntaria al Régimen Obligatorio del Seguro Social —ROSS— (conocida como modalidad 40) y la adhesión al Seguro de Salud para la Familia (SSF); de ahí que en el presente trabajo se abordan las particularidades de cada uno y un caso práctico para su incorporación vía electrónica.

Modalidad 40

Es un derecho que puede ejercer todo individuo que dejó de aportar al IMSS y tiene el deseo de obtener las pensiones que este otorga, mediante la cotización voluntaria en los Seguros de Invalidez y Vida y de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada (CEA) y Vejez, así como en el ramo de gastos médicos para pensionados del Seguro de Enfermedades y Maternidad.

El interesado debe contar con un mínimo de 52 cotizaciones semanales acreditadas en el ROSS y solicitar el ejercicio de este derecho dentro de los cinco años siguientes a la fecha de su baja —art. 218, LSS—.

La inscripción puede ser con el último salario base de cotización (SBC) reportado por el empleador al Seguro Social o uno superior, siempre y cuando no rebase las 25 veces la UMA, actualmente $ 2,405.50 —arts. 218 y 219, LSS; 64 y 65, Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización (RACERF)—

Costo

Según el numeral 218 de la LSS, el solicitante cubre las cuotas obreras y patronales por mensualidad adelantada, de la siguiente forma (vigente hasta el 31 de diciembre de 2022):

Ramo/Seguro

Porcentajes (%)

Patrón

Trabajador

Total

Retiro

2.00

0.00

2.00

CEA y Vejez

3.15

1.125

4.275

Invalidez y Vida

1.75

0.625

2.375

Gastos médicos para pensionados

1.05

0.375

1.425

Total

7.95

2.125

10.075

Es importante precisar que conforme al artículo segundo transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la LSS y de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro (LSAR), la cuota patronal del ramo de CEA y vejez incrementará gradualmente a partir del 1o. de enero de 2023, en razón del SBC del trabajador.

Para dimensionar el precio mensual actual de la continuación voluntaria, se presenta el ejemplo de un trabajador que desea continuar al ROSS con un salario topado de $ 2,405.50, a partir de noviembre de 2022.

Concepto

Ramo de gastos médicos para pensionados del SEM

SIV

Ramo de retiro

Ramo de CEA y vejez

SBC

$ 2,405.50

$ 2,405.50

$ 2,405.50

$ 2,405.50

Por:
Prima

1.425 %

2.375 %

2.00 %

4.275 %

Igual:
Subtotal

34.28

57.13

48.11

102.84

Por:
Días del mes

30

30

30

30

Igual:
Cuotas por cubrir

$ 1,028.40

$ 1,713.90

$ 1,443.30

$ 3,085.20

Total a pagar:

$7,270.80*

*Nota: Pueden existir variaciones por cuestiones de redondeo

Trámite

Puede ser presencial en el área de Afiliación-Vigencia de Derechos o en la Oficina Administrativa Auxiliar en el área de Afiliación y Cobranza de la subdelegación correspondiente al domicilio del interesado. Se debe presentar un escrito libre con los siguientes datos: nombre completo; Número de Seguridad Social (NSS); CURP; fecha a partir de la cual iniciará su cotización —la cual puede ser entre la de su solicitud de inscripción en la continuación voluntaria o la del día siguiente de su baja en el ROSS—; SBC con el que desea cotizar y correo electrónico. Igualmente, debe adjuntar en original y copia simple para cotejo:

  • CURP
  • comprobante de domicilio (contrato de arrendamiento o subarrendamiento, acompañado del último recibo de pago de renta que cumpla con los requisitos fiscales; fideicomiso debidamente protocolizado; apertura de cuenta bancaria; servicio de luz, teléfono o agua, gas; estado de cuenta financiera —antigüedad no mayor a dos meses—; predial —del año en curso—
  • documento en donde conste el NSS, e
  • identificación oficial vigente con fotografía

Entregados los papeles señalados, el empleado institucional llenará los formatos Solicitud de Inscripción a la Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio (C.V.R.O.01) y Aviso de Inscripción del Trabajador (AFIL-02) para que sean firmados por el peticionario y le proporcionará la línea de pago a cubrir por la mensualidad adelantada o los meses anteriores (en caso de ser retroactiva la afiliación); efectuado el entero se entrega al interesado una copia del AFIL-02 (comprobante del aseguramiento) y el recibo de entero de las cuotas respectivas.

Cabe precisar que si el solicitante quiere adherirse por un año, esto queda a criterio interno de la subdelegación que le corresponda, y en su caso, se firmará un convenio y se le expedirán las líneas de pago a cubrir, pero la mayoría de las subdelegaciones indican que solo puede ser mensual.

También, la gestión puede concretarse por internet, teniendo a la mano: CURP; NSS y correo electrónico, pero a diferencia del presencial, la fecha de solicitud es el día que se ingresa a la plataforma, no puede aplicarse la retroactividad y cada mes se debe realizar el proceso (más adelante se muestra el caso práctico).

Causales de terminación

El dispositivo 220 de la LSS contempla tres motivos por los cuales concluye esta modalidad, a saber:

  • declaración expresa firmada por el afiliado
  • falta de pago de las cuotas durante dos meses.

No obstante, el interesado tiene derecho a reingresar a la continuación voluntaria, previa solicitud, siempre que lo exprese en un lapso que no exceda de 12 meses a partir de la fecha de la baja, y

  • alta del beneficiario como trabajador

Seguro de Salud para la Familia

Puesto que la continuación voluntaria en el ROSS no genera el beneficio a las prestaciones del Seguro de Enfermedades y Maternidad —la atención clínica y quirúrgica, y el otorgamiento de medicinas— se tiene la opción de contratar aquellas mediante el SSF.

Para ello, es indispensable que el interesado:

  • no cotice a algún régimen de seguridad social (art. 95, RACERF)
  • asegure a un familiar: esposa o concubina; hijos; padre y madre o familiar adicional como abuelos, nietos, hermanos, primos, hijos de los hermanos y hermanos de los padres del asegurado (arts. 84 y 241, LSS; y 96, RACERF), y
  • pague anualmente la cuota correspondiente, clasificándose por el grupo de edad a que pertenece (art. 242, LSS)

Sin embargo, el Instituto puede aceptar la incorporación al SSF de varios integrantes o de una sola persona, cuando esta manifiesta bajo protesta de decir verdad que carece de familia (art. 97, RACERF).

En ese sentido, la contratación es individual si se lleva a cabo por cualquier persona que desee adherirse y se formaliza mediante los formatos electrónicos o impresos que proporciona el IMSS (art. 100, fracc. I, RACERF).

Costo

Se precisa que el interesado debe enterar anualmente su cuota y la de cada uno de los familiares a adherir, las cuales son definidas por el Consejo Técnico del Seguro Social, según la edad y dichos importes se actualizan en febrero de cada año, siendo los montos vigentes desde el 1o. de marzo de 2022, los que se muestran en la tabla siguiente:


Rango de edad

Cuota anual

0-19

$ 6,850.00

20-29

8,500.00

30-39

9,150.00

40-49

10,600.00

50-59

11,000.00

60-69

15,300.00

70-79

15,900.00

80 y más

16,450.00

Trámite

Si se lleva a cabo presencialmente, se debe acudir al área de Afiliación-Vigencia de derechos o en la Oficina Auxiliar de Afiliación y Cobranza de la Subdelegación que le corresponda al interesado, y solicitar la afiliación al SSF, exhibiendo en original y copia simple para cotejo:

  • CURP
  • identificación oficial vigente
  • comprobante de domicilio (con las características indicadas en el trámite presencial de modalidad 40)
  • cuestionario médico proporcionado por el IMSS, y
  • en su caso, escrito donde se manifiesta carecer de familia (afiliación individual)

La otra opción es solicitarlo vía electrónica; para ello, se necesita tener CURP y correo electrónico (más adelante se muestra el caso práctico).

Restricciones

En términos del precepto 98 del RACERF, el solicitante debe someterse a los exámenes y estudios que el Instituto determine para constatar su estado de salud.

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 .  (Foto: IDConline)

El dispositivo 82 del RACERF prevé que no pueden contratar este seguro los individuos que presenten cualquiera de las siguientes enfermedades:

  • preexistente: tumores malignos; crónico degenerativas: complicaciones tardías de la diabetes mellitus; por atesoramiento (enfermedad de gaucher); crónicas del hígado; insuficiencia renal crónica; valvulopatías cardíacas; insuficiencia cardíaca; secuelas de cardiopatía isquémica (arritmia, ángor o infarto del miocardio); pulmonar obstructiva crónica con insuficiencia respiratoria, entre otras, u
  • otras: sistémicas crónicas del tejido conectivo; adicciones como alcoholismo y otras toxicomanías; trastornos mentales como psicosis y demencias; congénitas y síndrome de inmunodeficiencia adquirida o Virus de Inmunodeficiencia Adquirida Humana positivo

Asimismo, existen plazos de espera, contemplados en el numeral 83 del RACERF:

  • seis meses: tumoración benigna de mama
  • 10 meses: parto
  • un año: litotripcia; cirugía de padecimientos ginecológicos, excepto neoplasias malignas de útero, ovarios y piso perineal; de insuficiencia venosa y várices; de senos paranasales y nariz; de varicocele; hemorroidectomía y cirugía de fístulas rectales y prolapso de recto; amigdalectomía y adenoidectomía, cirugía de hernias, excepto hernia de disco intervertebral; de hallux valgus; de estrabismo, y
  • dos años: cirugía ortopédica

Estos lapsos se cuentan a partir de la fecha en que el sujeto quede inscrito; transcurridos los periodos aplicables, el afiliado puede gozar de las prestaciones en especie respecto de los padecimientos y enfermedades señalados (art. 83, último párrafo, RACERF).

Es importante indicar que las limitantes y los tiempos de espera no aplican, siempre y cuando el adquiriente de que se trate, hubiese estado inscrito en el ROSS, y su incorporación se dé dentro de los 45 días posteriores a la baja de dicho régimen (art. 105, RACERF).

Vigencia y renovación

Realizada y aceptada la solicitud del SSF, los servicios médicos pueden disfrutarse a partir del día primero del mes calendario siguiente al de la incorporación y hasta el lapso de un año (art. 103, RACERF).

La renovación del aseguramiento deberá efectuarse dentro de los 30 días naturales anteriores a la fecha del vencimiento de este (art. 105, RACERF).

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Terminación

El numeral 109 del RACERF especifica que los servicios pueden concluir anticipadamente cuando:

  • cualquiera de los sujetos permita o propicie el uso indebido del documento que compruebe la calidad de derechohabiente, o
  • se presente alguno de los padecimientos señalados como preexistentes, dentro del primer año de vigencia del aseguramiento, y este no se hubiese declarado al momento de llenar el cuestionario

Caso práctico

A continuación, se muestran los procesos electrónicos a seguir por los interesados para continuar cotizando voluntariamente al ROSS (modalidad 40) y quienes deseen adquirir el SSF.

Modalidad 40

Para conocer cómo ingresar al portal electrónico e iniciar el trámite, abrir el enlace “Ver video” y posteriormente llevar a cabo los siguientes pasos:

1. Seleccionar el botón Iniciar trámite

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2. Verificar el domicilio registrado y si se desea modificar, elegir Otra ubicación e ingresar los datos respectivos; de lo contrario, dar clic en Continuar

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3. Anotar el SBC con el que se desea cotizar, en este caso se optó por el último registrado al momento de la baja, pero puede ser uno superior (sin rebasar el tope de 25 veces la UMA); pulsar Continuar

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El sistema indica que la solicitud fue creada exitosamente; corroborar que los datos “arrojados” por el Instituto sean correctos (Datos del solicitante; Domicilio, Datos del último movimiento afiliatorio y Detalle de la cotización)

4. Leer los términos y las condiciones; marcar el recuadro Acepto los Términos y condiciones, y oprimir Finalizar

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5. Aparecerá el mensaje La solicitud de inscripción en la continuación voluntaria al régimen obligatorio ha sido exitosa.

Se podrán ver los datos del contratante y la fecha de inicio y término de la afiliación (la cual puede ser como máximo un mes)

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6. Igualmente, se puede observar la fecha límite de entero y para descargar el acuse de la solicitud dar clic en Obtener comprobante y para conseguir la línea de pago pulsar la flecha hacia abajo ubicada en la columna de rubro Descargar

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En el comprobante se pueden ver los datos generales del solicitante, su domicilio, el tipo de aseguramiento y la fecha de pago

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 .  (Foto: IDConline)

En la línea de pago se observa la fecha límite de entero, los días a cotizar y el importe a cubrir

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7. Para concluir, dar clic en la palabra Salir (ubicable en la parte superior derecha de la pantalla)

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Cubiertas las cuotas a más tardar en la fecha límite, ingresar nuevamente al portal en un lapso de 24 a 48 horas para revisar que el estatus del trámite diga PAGADO, y obtener los formatos C.V.R.O.01, Solicitud de Inscripción a la Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio y AFIL-02, Aviso de Inscripción del Trabajador.

Seguro de salud para la familia

Para conocer cómo ir al sistema electrónico e iniciar el trámite, abrir el enlace “Ver video” y luego realizar los siguientes pasos:

1. Seleccionar Iniciar trámite

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2. Si ya existe algún registro del domicilio del interesado, aparece la información correspondiente y se debe pulsar Continuar; en caso contrario, dar clic en Otra Ubicación para capturar los datos respectivos

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3. En este caso, el solicitante no tenía un domicilio registrado en el Instituto, por lo que se debe anotar el código postal al que pertenece la ubicación de su casa y pulsar Buscar para habilitar los campos de Estado y Municipio o Alcaldía; seleccionar la colonia e indicar la calle y los números exterior e interior. Luego, oprimir Continuar

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4. La siguiente ventana muestra el domicilio, y si el requirente vive en el extranjero, este puede manifestar su deseo de incorporar a su familia en México; se verá la Unidad Médico Familiar (UMF) a la que quedará inscrita el peticionante, si hay más de una por la zona, el interesado podrá elegir la que más le acomode. Presionar el botón Continuar

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5. Responder el cuestionario médico, marcando Ninguna de las opciones o en su caso señalar los padecimientos que tiene el contratante y oprimir Continuar

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6. Si se afilia a más de una persona, capturar la CURP, el NSS, y el parentesco del familiar y oprimir Agregar y los mismo con cada pariente. De no ser así, seleccionar la casilla Deseo incorporarme de forma individual.

En cualquiera de los dos supuestos, se pueden visualizar a los sujetos afiliados y el monto total a cubrir. Posteriormente, dar clic en Continuar

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7. El sistema indica que la solicitud se creó exitosamente. Verificar que la información detallada sea correcta (Datos del solicitante; Domicilio, Datos del último movimiento afiliatorio y Detalle de la cotización)

Leer y aceptar los términos y condiciones; marcar la opción Acepto los Términos y condiciones, y pulsar en Finalizar Solicitud

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8. El sistema indica que la inscripción al SSF fue exitoso, así como los datos del seguro; en su caso, los integrantes afiliados y el importe del pago a efectuar

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9. Pulsar el botón Obtener Comprobante para conseguir la constancia correspondiente y para acceder a la línea de pago oprimir la flecha hacia abajo (ícono de descarga) que se encuentra de lado derecho de la frase POR PAGAR

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 .  (Foto: IDConline)

En el comprobante se pueden ver los datos generales del solicitante, su domicilio, los sujetos afiliados, el tipo de aseguramiento y la fecha de pago

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En la línea de pago se observa la fecha límite de entero, el periodo que comprende el aseguramiento y el importe a cubrir

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10. Recabados los documentos seleccionar Cerrar

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11. Para finalizar la sesión, ubicar en la parte superior derecha de la pantalla la palabra Salir

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Para que el aseguramiento proceda, es necesario cubrir el valor indicado en la línea de captura antes de terminar el mes en donde se gestionó la adhesión, e ingresar al sistema nuevamente en 24 a 48 horas para revisar que el estatus de la gestión indique PAGADO.

Conclusión

Es sencilla la contratación de la modalidad 40 o el SSF a través de internet, pues no se requiere e.firma, solo CURP y correo electrónico, además de que realizarlo por esta vía, permite seguir evitando la exposición al Coronavirus.

Conocer los procesos mostrados son primordiales para el sector empresarial, pues este es fuente de información para su plantilla laboral y al darse la desvinculación con su personal los pueden orientar respecto de las alternativas con las que cuentan para seguir cotizando o tener acceso al servicio médico del IMSS, incluso después del periodo de conservación de derechos de ocho semanas.

Por otra parte, se menciona que desde el inicio de la pandemia, se habilitó el pago vía SPEI para el SSF y la continuación voluntaria al ROSS; para ello, se debe ingresar al portal o a la App del banco y registrar los siguientes datos:

  • Clave Bancaria Estandarizada (CLABE): 044180001068672782
  • número de cuenta: 00106867278
  • banco: Scotiabank
  • nombre del beneficiario: IMSS, y
  • referencia: NSS del solicitante a 11 dígitos, sin espacios ni guiones

Finalmente, se recomienda que concluido el pago ya sea de la modalidad 40 o del SSF, el interesado envíe el formato de incorporación respectivo a la dirección electrónica coordinacion.afil@imss.gob.mx, colocando en el asunto el NSS del solicitante y adjuntando los comprobantes de entero correspondientes.