Los patrones deben comunicar anualmente al IMSS la prima con la que pagarán las cuotas del Seguro de Riesgos de Trabajo (SRT) a más tardar el último día de febrero del año de que se trate, y en esta ocasión la fecha límite es el próximo 28 de febrero de 2023 (arts. 74, primer párrafo, LSS y 32, fracc. V, Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización —RACERF—).
No colmar dicha exigencia legal en tiempo y forma, puede traer como consecuencia, la imposición de una multa equivalente de 20 a 210 veces la UMA; esto es, de $ 2,074.80 a $ 21,785.40 (arts. 304-A, fracc. XV y 304-B, fracc. III, LSS).
Además, en caso de incrementar la prima y no considerarla correctamente también puede generar créditos fiscales por concepto de diferencias, actualizaciones y recargos (arts. 287, LSS).
De ahí que enseguida se señalan los medios para presentar la declaración de la prima del SRT y un caso práctico para realizar la gestión presencialmente y a través del portal IMSS Desde su Empresa (IDSE).
Medios de presentación
El cálculo de la siniestralidad empresarial puede exhibirse al Seguro Social por medio de dos vías:
- electrónicamente, mediante el módulo DAPSUA disponible en la plataforma IDSE, en donde se captura el archivo con extensión .DAP generado en el Sistema Único de Autodeterminación (SUA), al momento de determinar la prima de riesgo de trabajo, o
- presencialmente, en el área de Afiliación-Vigencia de Derechos o Clasificación de Empresas de la subdelegación correspondiente al domicilio del registro patronal
Caso práctico
Para este ejercicio se tomaron en cuenta los datos presentados en el tema “Prepárese para la declaración de la prima de RT 2023”, de la edición 525 correspondiente al 31 de enero de 2023.
Datos generales:
Nombre de la empresa: |
Artículos Farmacéuticos Fierro, SA de CV |
Representante legal: |
Jesús Rodríguez Gutiérrez |
Domicilio y teléfono: |
Calzada de la Naranja # 150, colonia Alce Blanco, Naucalpan de Juárez, Estado de México, CP 53460. Teléfono: 55 55 30 58 11 |
Registro patronal: |
Y68 13217 103 |
Actividad económica: |
Fabricación de medicamentos, acondicionamiento y envases de los mismos |
Clase de riesgo y fracción: |
II y 305 |
Prima de riesgo de 2022: |
5.130652 % |
Determinación de días subsidiados
Número de Seguridad Social |
Nombre del empleado |
Tipo de riesgo |
Fecha de |
Días subsidiados |
|
Inicio del accidente o enfermedad |
Alta o dictamen de incapacidad o muerte1 |
||||
72-79-56-0804-0 |
Cárdenas Landeros Alejandra |
1 |
05/01/2022 |
28/01/2022 |
24 |
78-92-76-1026-7 |
Rocha Acosta Simón |
1R |
01/08/2022 |
14/09/2022 |
452 |
99-78-78-7979-2 |
Rivera Ordóñez Ximena |
2 |
12/07/2022 |
20/07/2022 |
93 |
87-95-46-5168-0 |
Sánchez Mendoza Paulina |
1 |
27/12/2021 |
24/11/2022 |
3324 |
99-64-54-5451-5 |
Flores Ferrán Jorge Iván |
1 |
12/12/2022 |
05/01/2023 |
255 |
82-91-75-7578-3 |
Vidal Beltrán Mónica |
3D |
05/09/2022 |
06/12/2022 |
92 |
Total: | 493 |
Notas:
1. Datos extraídos de los formatos ST-2, Dictamen de Alta por Riesgo de Trabajo o ST-3, Dictamen de Incapacidad Permanente o de Defunción por Riesgo de Trabajo
2. Las recaídas no se consideran riesgos de trabajo terminados ya que son secuelas de aquellos; pero, los días subsidiados sí se consideran en el cálculo (art. 37, último párrafo, RACERF)
3. Los accidentes en trayecto no se consideran para la siniestralidad de la empresa, por ello los días subsidiados no se toman en cuenta en el cálculo (art. 72, antepenúltimo párrafo, LSS)
4. Se incluye en la determinación, porque aunque se trata de un riesgo de trabajo que inició en 2021 este concluyó en el ejercicio 2022
5. No se incluye en la determinación, porque es un RT terminado en el ejercicio 2023
R. Recaída
D. Defunción
Presencial
El empresario o su representante legal debe acudir a el área de Afiliación–Vigencia de Derechos o a la oficina de Clasificación de Empresas de la subdelegación que le corresponda según el domicilio del registro patronal y exhibir en original y dos copias:
- formatos CLEM-22 y CLEM-22-A
- documento de acreditación expedido por la STPS, en caso de contar con un sistema de administración y seguridad en el trabajo
- identificación oficial del empleador o su representante legal, en este último caso, el poder notarial que acredite su carácter, y
- tarjeta de identificación patronal
Igualmente, se recomienda entregar el archivo con extensión .SRT en memoria USB, generado por el “Aplicativo para elaborar en línea la Determinación de la Prima” –el cual está habilitado desde el 1o. de febrero de 2023– en el siguiente enlace: http://incidencias.imss.gob.mx/dap-captura-web/login.
No obstante, diversas subdelegaciones de manera opcional aceptan la sola presentación de los formatos obtenidos del SUA:
- CLEM-22, Determinación de la Prima en el Seguro de Riesgos de Trabajo Derivada de la Revisión Anual de la Siniestralidad
- CLEM-22-A, Relación de Casos de Riesgos de Trabajo Terminados
IDSE
El patrón persona física o el representante legal (tratándose de personas morales), tiene que llevar a cabo el siguiente mecanismo para el envío de la declaración a través de este portal, por lo que es indispensable tener vigente el Certificado Digital o la e.firma (la cual se utilizó en este ejercicio), y atender los siguientes pasos:
1. El representante legal debe ingresar al portal del IDSE en la liga: idse.imss.gob.mx/imss/ y “subir” los archivos .cer en el rubro Certificado Digital y .key en Llave privada, capturando la Contraseña respectiva, señalando en el apartado Usuario el RFC de la empresa por la que se desea enviar la declaración; para ello, pulsar el botón Seleccionar archivo y adjuntar los documentos correspondientes y oprimir Iniciar sesión
2. Dentro del portal, elegir el apartado DAPSUA y posteriormente, en Menú del sistema pulsar el botón Registrar, Validar Archivo
3. Adjuntar los archivos .cer y .key en los rubros Certificado digital y Llave privada pulsando Seleccionar archivo, anotar la Contraseña correspondiente y en el apartado Archivo DAP cargar el documento de extensión .DAP generado en el SUA y dar clic en Enviar
4. El portal desplegará la pantalla RESUMEN DE LA DETERMINACIÓN, corroborar que los datos observados sean correctos y de ser así, marcar la casilla Aceptar y después pulsar Enviar
5. Nuevamente se ve la pantalla del RESUMEN DE LA DETERMINACIÓN, donde aparecerá el número de Folio asignado. Para obtener el acuse dar clic en Imprimir Acuse. El sistema le muestra el formato de Acuse notarial que saldrá impreso. Es indispensable contar con este documento porque le permitirá al patrón acreditar el cumplimiento del envío de la declaración anual de la prima del SRT, luego pulsar en Salir
6. El sistema señala: Su sesión se ha cerrado satisfactoriamente; para concluir el trámite dar clic en Salir
Conclusión
Se sugiere enviar la prima del SRT a la brevedad posible y no esperar hasta el último momento, a efectos de evitar tropiezos o saturaciones en el IDSE, pues de mandarse fuera del plazo legal los empleadores pueden ser susceptibles a una multa de 20 a 210 veces la UMA, actualmente de $ 2,074.80 a $ 21,785.40 (arts. 304-A, fracc. XV y 304-B, fracc. III, LSS).
Además, de optar por presentar la siniestralidad en medios impresos, se recomienda comunicarse directamente con la subdelegación correspondiente al registro patronal, para corroborar los documentos a proporcionar y de ser el caso obtener el archivo .SRT del aplicativo del IMSS o bien exhibir los formatos CLEM-22, Determinación de la Prima en el Seguro de Riesgos de Trabajo Derivada de la Revisión Anual de la Siniestralidad y CLEM-22-A, Relación de Casos de Riesgos de Trabajo Terminados del SUA para que sean sellados por el personal de dicho ente público y así contar con el respaldo de la presentación en tiempo y forma.