Cancelación de Registros Patronales del IMSS, ¿ilegal?
La baja del registro patronal "es ilegal", señaló el laboralista Santiago Fernández Rangel
Seguridad Social
El Registro Patronal es el número que otorga el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) a un patrón cuando se integra al Instituto, y permite identificarlo individualmente, para, entre otras cosas, verificar que cumplan con sus obligaciones establecidas en la Ley del Seguro Social, como registrar a sus trabajadores, nóminas, días trabajados, salarios, etc.
El asociado del despacho Sánchez Devanny, Santiago Fernández Rangel, aseguró que el artículo 251 de la Ley del Seguro Social que establece en su fracción XI, que el IMSS puede dar de baja del régimen obligatorio a los patrones, sujetos obligados, y asegurados su domicilio desaparece o es inexistente es “ilegal”.
El experto añadió que las causas más frecuentes por las que dan de baja un Registro Patronal es por falta de pago de cuotas obrero-patronales, por no recibir un documento o porque no le abrieron la puerta al notificador, y entonces cancelan el registro patronal.
El experto compartió que en los últimos años se presentaron casos de empresas que cuentan con un Registro Patronal ante el Instituto, pero son dadas de baja por no encontrar el mismo domicilio con el que se dieron de alta, algo que Rangel dice es “ilegal”, ya que no se agota el proceso correctamente y el empleador no es notificado, lo cual genera problemas como:
- el trabajador, cuando acude a su Unidad Médica Familiar, no recibe la atención solicitad
- al trabajador le rechazan un crédito ante el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los trabajadores (INFONAVIT)
- congelan su cuentas bancarias por embargos precautorios
Sobre este punto, Fernández Rangel señaló que “la baja del registro patronal es totalmente ilegal”, ya que no se agota “el procedimiento de notificación del Código Fiscal de la Federación”, por eso, recomendó que cuando un patrón cambie de domicilio, debe notificar al IMSS dentro de los 5 días siguientes, de lo contrario se cae es el “supuesto de desaparición o inexistencia”.
¿Cómo debe ser el procedimiento legal para que el IMSS dé de baja a un patrón?
El Instituto tiene que agotar el procedimiento de notificación y cerciorarse de la desaparición del lugar de trabajo, sino se encuentre una persona encargada, se deberá dejar un citatorio, con el día y hora en que la autoridad regresará, y si en el domicilio no hay una persona o quien esté se niegue a recibir el citatorio, se fijará en el acceso principal para que, al día siguiente el representante legal acuda.
Si al recibir la notificación, el empleador no asiste, el Instituto tendrá que practicar la diligencia con quien se encuentre en el domicilio o con algún vecino.
¿Qué pueden hacer las empresas que fueron dadas de baja?
El asociado de Sánchez Devanny sugirió presentar un escrito ante la Subdelegación, que indique que si es localizable en su domicilio y solicite una visita para corroborarlo, de forma que se reactive el registro, y en caso de que el IMSS se niegue, las empresas pueden impugnar la notificación mediante un juicio de nulidad, o con una denuncia ante el Órgano de Control Interno.