Cómo solicitar al IMSS dejar sin efectos una multa

El sector empresarial debe estar al tanto del trámite a gestionar para llevar a cabo este procedimiento administrativo en el Instituto y así evitar contratiempos

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 .  (Foto: Ilustraciones de Macrovector, janjf93 de pixabay, Lorena Golinelhi y Annisa de AQA Studio editadas en Canva.)

El 22 de marzo de 2024, el Seguro Social difundió en el Diario Oficial de la Federación (DOF) los Lineamientos generales para la condonación de multas en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) con el fin de dar a conocer la regularización de los casos previstos en la Ley del Seguro Social (LSS) para el “perdón” de las infracciones contempladas en dicha normatividad.

Uno de los supuestos para no cubrir las multas improcedentes e impuestas por dicho organismo fiscal es el solicitar que se “dejen sin efectos”; lo cual es diferente a pedir que se condonen.

De ahí que a continuación se detalle en qué consiste dicha figura, los requisitos del escrito de petición y el lugar donde se presenta, la documentación soporte, y los pasos a seguir; así como un ejemplo de la solicitud, conforme a la ley y la práctica.

LEER: NUEVAS REGLAS PARA LA CONDONACIÓN DE MULTAS IMSS

¿Qué significa dejar sin efecto una multa?

Los numerales 304 D de la LSS y 5.1 de los Lineamientos prevén que el IMSS puede “dejar sin efectos” las multas impuestas por infracción a las disposiciones de dicha ley y sus reglamentos, cuando a su juicio, con la sola exhibición documental por los interesados se acredite que no se incurrió en la falta.

Por lo tanto, “dejar sin efectos una multa” implica pedirle al Seguro Social que revoque o anule dicha sanción toda vez que la misma no tiene validez legal, porque no se omitieron las obligaciones relacionadas a esta; es decir, es improcedente.

Lo anterior, diferencia de la solicitud de condonación de la multa, en cuyo supuesto sí se cometió la infracción pero se pide clemencia o perdón del Instituto.

Procedimiento para dejar sin efectos una multa

Según el numeral 5.1 de los Lineamientos, el trámite debe ajustarse a las disposiciones de los preceptos 190, 191 y 193 del RACERF, el cual se detalla enseguida.

Solicitud para dejar sin efectos la multa

El empleador tiene que presentar por escrito la solicitud ante la unidad administrativa que impuso la multa, la cual debe contener por lo menos: nombre, denominación o razón social; número de registro patronal; domicilio (no se aclara cuál); número de crédito fiscal; periodo y fecha de la multa impuesta; y justificación de porque no se cometió la infracción origen de la sanción, acompañando los documentos soporte (art. 190, RACERF).

No obstante, el personal de diversas subdelegaciones del Instituto indican que el escrito libre debe dirigirse a la instancia remitente de la notificación, ya sea la subdelegación (Departamento de Cobranza o a la Oficina Auxiliar de Afiliación y Cobranza) o la delegación (Jefatura de servicios de afiliación y cobranza), señalando que se trata de una “aclaración de multas” (que el personal del IMSS lo maneja como sinónimo de “dejar sin efectos la multa”) y además contener:

  • RFC del empleador
  • nombre del representante legal
  • domicilio para oír y recibir notificaciones
  • ubicación del centro laboral, y
  • lugar y fecha en que se efectúa la petición

El modelo del escrito se muestra más adelante.

La petición puede presentarse en un plazo no mayor a cinco días hábiles contado a partir de la fecha de la notificación de la infracción, siempre y cuando no se hubiese interpuesto recurso de inconformidad (art. 191, RACERF).

Al respecto, el numeral 5.2 de los Lineamientos indica que la solicitud para “dejar sin efectos la multa” puede promoverse fuera del lapso señalado e incluso dentro del Procedimiento Administrativo de Ejecución (PAE) y hasta antes de efectuarse el remate, debiendo garantizarse el interés fiscal si se solicita la suspensión de dicho procedimiento (arts. 304 D, último párrafo, LSS; 192, RACERF; y 142, fracc. I, Código Fiscal de la Federación —CFF—).

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 .  (Foto: IDConline)

Documentación a adjuntar a la solicitud

Además del escrito libre, es necesario exhibir los siguientes documentos en original y copia para cotejo:

  • identificación oficial vigente con fotografía y firma del empleador o su apoderado legal (credencial para votar, pasaporte, cédula profesional o cartilla del servicio militar nacional)
  • en caso de realizar el trámite el representante legal, escritura pública o testimonio notarial, a través del cual se señale la facultad para realizar gestiones en entidades públicas, respecto de actos de administración o para pleitos y cobranzas, a nombre del empresario
  • Tarjeta de Identificación Patronal
  • requerimiento de la multa, y
  • documentación que compruebe la aclaración (papeles que acrediten que no se incurrió en la infracción). Por ejemplo:
    • acuses de movimientos afiliatorios (alta, modificaciones salariales o bajas)
    • presentación de la declaración anual de la prima del Seguro de Riesgos de Trabajo (SRT) o del escrito en donde el empleador se apegó al beneficio previsto en el numeral 72 de la LSS —los patrones con menos de 10 subordinados pueden cubrir sus cuotas del SRT con la prima media tocante—
    • dictamen de seguridad social o corrección patronal de obligaciones previstas en la LSS y sus reglamentos del periodo correspondiente al crédito fiscal
    • pago de cuotas obrero-patronales junto con las listas de asistencia donde se reflejen los ausentismos; los certificados de incapacidad temporal para el trabajo; las licencias o los permisos autorizados sin goce de salario, o
    • envío de datos de los contratos celebrados por la prestación de servicios especializados o la ejecución de obras especializadas correspondientes al cuatrimestre de que se trate (del periodo por el que se fincó la sanción)

Resolución

El IMSS tiene un plazo no mayor a 10 días hábiles, contado a partir de la recepción de la petición para emitir la resolución y notificársela al patrón, considerando la justificación y los documentos presentados (art. 193, RACERF).

Es importante señalar que la aprobación de la solicitud de “aclaración de multas” queda a criterio del Seguro Social, ya que el precepto 304 D de la LSS indica que el “Instituto podrá” dejar sin efectos la sanción, cuando “a su juicio” con la presentación de las documentales se demuestre que no se incumplió con una obligación.

De ahí que en la práctica los funcionarios del IMSS indican que, para que la solicitud de “dejar sin efectos la multa” sea aprobada, es preciso que la documentación soporte concuerde con los datos, la información y los papeles que posee dicho organismo. De lo contrario, la petición será rechazada.

Además, es necesario considerar que las resoluciones respectivas, no pueden ser impugnadas por los medios de defensa previstos en la LSS (recurso de inconformidad o juicio contencioso administrativo) —art. 304 D, segundo párrafo, LSS—.

No obstante, ello no quiere decir que el empleador no pueda defenderse.

Si la resolución del Seguro Social le ocasiona una lesión a su esfera jurídica, esto puede ser combatido mediante un juicio de amparo indirecto, el cual procede porque no existe recurso o medio de defensa ordinario que sea susceptible de revocar, anular o modificar la negativa de “dejar sin efectos una multa” y porque al permitir la LSS dejar a discreción del Instituto aprobar o rechazar la “aclaración de la multa”, este organismo está obligado a fundar y motivar adecuadamente su respuesta.

Esto se confirma con la jurisprudencia por analogía denominada: CONDONACIÓN DE MULTAS FISCALES. EL PARTICULAR AFECTADO CON LA RESOLUCIÓN QUE LA NIEGA, POSEE INTERÉS JURÍDICO PARA PROMOVER EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO EN SU CONTRA, Registro digital 193608.

Escrito libre

A continuación, se muestra un ejemplo para “dejar sin efectos una multa” (aclaración de multa) de una empresa que fue sancionada por supuestamente omitir el pago de las contribuciones ante el IMSS.

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 .  (Foto: IDConline)
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Conclusión

El procedimiento para “dejar sin efectos una multa” ante el IMSS es un recurso administrativo importante para el sector patronal, porque le brinda la oportunidad de demostrar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales (inclusive cuando la multa ya está firme). Este proceso se basa principalmente en exhibir la documentación pertinente, lo que puede resultar en la revocación de la sanción impuesta.

Además se sugiere a los empleadores lo siguiente:

  • mantener una gestión administrativa rigurosa. Llevar un control detallado de los registros, la contabilidad y demás documentación relacionada con los deberes de seguridad social es esencial para poder justificar adecuadamente la “aclaración de la multa”
  • conocer los plazos y procedimientos. Estar al tanto de los términos establecidos para el cumplimiento de las cargas ante el Seguro Social es esencial para cumplir en tiempo y forma estas
  • buscar asesoramiento especializado. En caso de dudas o dificultades en el proceso para pedir “dejar sin efectos una multa”, es recomendable buscar el apoyo de profesionales expertos en temas fiscales y de seguridad social para orientarse y conocer más sobre el trámite, y
  • establecer una comunicación proactiva con el IMSS. Establecer una relación de colaboración y comunicación fluida con el personal del Instituto puede facilitar realizar el trámite sin inconvenientes