Transforman sistema de pensiones y crean Fondo de Pensiones para el Bienestar

Se difunde una reforma pensionaria con el propósito de complementar el esquema aplicable para los trabajadores que cotizan en el Seguro Social al amparo de la ley de 1997

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) del 30 de abril, en la edición vespertina el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones, entre ellas, la Ley del Seguro Social (LSS), Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Ley del Infonavit), y Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro (LSAR), para la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar (FPB),el cual entró en vigor, en lo general, desde el 1o. de mayo de 2024. A continuación, se detalla lo más relevante de esta enmienda.

El FPB se constituirá con los recursos de las subcuentas de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (RCV) y vivienda de los trabajadores afiliados del 1o. de julio de 1997 en adelante cuando cumplan 70 años en el caso del IMSS, y no hayan ejercido su derecho a pensionarse o retirar su dinero en caso de que no cumplan los requisitos para obtener una pensión, o de cuentas que no han sido reclamadas (inactivas).

El propósito de ello es proporcionar un complemento a la pensión de aquellos asegurados que se retiren bajo la LSS de 1997 y reciban una pensión igual a su último salario y hasta por el importe de $16,777.68.

Las entidades involucradas, como las Administradoras de Fondos de Ahorro para el Retiro (Afore), el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el Infonavit, desempeñarán roles específicos para asegurar la efectividad del proceso de transferencia de fondos y la gestión de pensiones.

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Creación del Fondo de Pensiones

La Secretaría de Gobernación difundió en el DOF del 1o. de mayo de 2024, el Decreto del Fondo de Pensiones para el Bienestar (Decreto FPB), vigente a partir del 2 de mayo del presente año. 

Entre sus disposiciones más relevantes se encuentra la instauración de una Ventanilla Única, a cargo del IMSS e Infonavit, destinada exclusivamente para la ejecución de este fondo.

 

Funcionamiento de ventanilla única

Las Ventanillas Únicas deben iniciar su operación y funcionamiento dentro de los 15 días naturales siguientes a la entrada en vigor del Decreto FBP, es decir a más tardar el 17 de mayo de 2024.

Para comprender mejor esta reforma, se recomienda escuchar el podcast "Impacto de la reforma de pensiones 2024" y dar lectura el tema "Fondos de Afore para pensiones bienestar" visible en la revista digital número 555, en la sección de seguridad social, el cual estará disponible el 15 de mayo de 2024.

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