Opción de aseguramiento al IMSS para patrón persona física

Es importante para el sector patronal conocer los beneficios del Seguro Social a los que pueden acceder

Según el artículo 10 de la Ley Federal del Trabajo un patrón es la persona (física o moral) que utiliza los servicios de uno o varios trabajadores. Una duda frecuente es si un empleador persona física puede acceder a las gracias del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), por lo que a continuación se detalla lo resuelto por la Sala Regional de San Luis Potosí del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.

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 .  (Foto: IDC online)


Cabe señalar que, con el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social (LSS), publicado en el Diario Oficial de la Federación del 1o. de diciembre de 2023, actualmente la fracción IV del numeral 13 de la LSS está derogada.

 

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No obstante, los patrones personas físicas con trabajadores a su servicio, se encuentran dentro de la definición de trabajadores independientes o por cuenta propia, por lo que siguen siendo sujetos de aseguramiento voluntario al régimen obligatorio (arts. 5 A, fracc. XX y 13, fracc. I, LSS).

Para conocer a detalle, esta reforma se le invita a dar lectura a los temas: “Nueva incorporación voluntaria al IMSS” y “Reglas para la incorporación voluntaria al Seguro Social”, disponibles en la sección de seguridad social de las revistas digitales números 544 del 15 de noviembre de 2023 y 558 del 30 de junio de 2024.

Regímenes que comprende el IMSS

Según el artículo 6o. de la LSS, el Seguro Social comprende el régimen:

  • obligatorio. Aquel en el que la afiliación es forzosa para trabajadores permanentes y eventuales; socios de sociedades cooperativas; personas que determine el ejecutivo federal a través del Decreto respectivo; y empleados del hogar y cubre cinco Seguros: Riesgos de Trabajo; Enfermedades y Maternidad; Invalidez y Vida; Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez y Guarderías y Prestaciones Sociales, y 
  • voluntario. Diseñado para aquellos que no están incluidos en el régimen obligatorio, pero desean afiliarse al IMSS para recibir ciertos beneficios. 

Entre las personas que pueden optar por este régimen se encuentran los trabajadores independientes (persona física que no esté sujeta a una subordinación laboral y que no recibe un salario sino genera ingresos por el libre ejercicio de su profesión, oficio o actividad, así como los ejidatarios, comuneros, colonos y pequeños propietarios, patrones personas físicas y aquellos sujetos que cubran el pago de las cuotas obrero-patronales).

Este régimen también aplica para los colaboradores al servicio de las administraciones públicas de la Federación, entidades federativas y municipios que estén excluidas o no comprendidas en otras leyes o decretos como sujetos de seguridad social

 

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