Cómo activar el SUA especial para plataformas digitales

Créditos de la imágen: Diseño realizado en Canva.com con elementos de Prathan Chorruangsak
Las empresas de reparto o transporte por aplicación deben gestionar un parche específico para cumplir con sus obligaciones de seguridad social
En el marco del Foro Nacional de Especialistas en Seguridad Social (FONESS) organizado por el Colegio de Contadores Públicos de México, personal del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) destacaron la importancia que tiene que los patrones de plataformas digitales se registren correctamente para garantizar el uso adecuado del Sistema Único de Autodeterminación (SUA). A continuación los detalles.
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Cuando un empleador pertenece al sector de plataformas digitales, es indispensable contar con un parche especial del SUA, el cual es proporcionado por el IMSS únicamente cuando tiene conocimiento de que el Número de Registro Patronal (NRP) corresponde a una plataforma digital.
Esto es relevante porque este parche especial permite que el cálculo y pago de las aportaciones en materia de vivienda se realice mensualmente, en lugar del esquema bimestral que se aplica a los patrones tradicionales.
Para acceder al SUA “especial” los empleadores de plataformas digitales deben:
obtener su NRP, ya sea a nivel nacional o por cada Órgano de Operación Administrativa Desconcentrada del IMSS
una vez creado el registro patronal, enviar un correo electrónico a la dirección: altarpplataforma@imss.gob.mx adjuntando la Tarjeta de Identificación Patronal e indicando que se trata de un patrón de plataformas digitales que desea apegarse a las Reglas, y
esperar el correo de confirmación del organismo junto con el parche SUA
Personal del IMSS aclaró que la afiliación como persona trabajadora de plataformas digitales es compatible con la continuación voluntaria al Régimen Obligatorio del Seguro Social (ROSS) mejor conocida como modalidad 40, conforme a lo establecido en las Reglas de carácter general de la prueba piloto, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 24 de junio de 2025.
Aunque el artículo 220, fracción III de la Ley del Seguro Social (LSS) prevé que esta modalidad concluye al ser dado de alta nuevamente en el ROSS, se precisó que esta disposición no aplica cuando se trata de trabajadores de plataformas digitales, siempre que se informe al Instituto por correo electrónico, que el NRP corresponde a un patrón de este sector.
Para profundizar a detalle todo sobre el programa piloto para la incorporación de trabajadores de plataformas digitales al Seguro Social, se le invita a consultar el tema “Afiliación al IMSS de trabajadores de plataformas digitales”, disponible en la sección de seguridad social de la revista digital número 582, correspondiente al 15 de julio de 2025. El acceso a esta publicación es exclusivo para nuestros suscriptores. Si aún no eres suscriptor puedes suscribirte aquí y ser parte de nuestra comunidad y disfrutar de todos los beneficios que ofrecemos, o si solo deseas adquirir este ejemplar puedes hacerlo aquí.