El Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) publicó este martes las reglas aplicables para la solicitud de adhesión al subsidio en el pago de las cuotas a las personas que tributen en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) y que soliciten su incorporación al Seguro Social.
Cabe destacar que entre los beneficiados con esta medida se encuentran las personas físicas con trabajadores asegurados a su servicio, quienes podrán solicitar el subsidio respecto de las cuotas correspondientes a su aseguramiento y a las de sus empleados.
Los requisitos para acceder a ello son:
- Tributar en el RIF
- No haber cotizado al Seguro Social o aportado al Fondo Nacional de la Vivienda o recibido recursos en la subcuenta de vivienda, durante los 24 meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud del subsidio
- No tener un Número de Registro Patronal (NRP) asociado a su RFC que haya causado baja como no localizado
- No haber sido beneficiario del decreto previo a la presentación de la solicitud
Para presentar la solicitud de adhesión se requiere ingresar al portal del IMSS o acudir a la subdelegación correspondiente, proporcionando los siguientes datos y documentos:
- Personas físicas para Incorporación Voluntaria al Régimen Obligatorio: nombre completo; RFC; Clave Única de Registro de Población (CURP); Número de Seguridad Social (NSS); NRP (si es patrón persona física); actividad urbana o rural (si son trabajadores independientes); identificación oficial y tarjeta de identificación patronal (si es patrón persona física)
- Patrones personas físicas con trabajadores a su servicio en el ROSS: nombre completo; RFC; CURP; NSS; NRP; identificación oficial y tarjeta de identificación patronal
Una vez que el IMSS registre la solicitud, el organismo verificará con el SAT, el Infonavit, y en sus bases de datos, que el solicitante cumpla con los requisitos de elegibilidad para posteriormente comunicar al interesado el rechazo o la autorización del otorgamiento del subsidio.