Entérate de los elementos que debes considerar para determinar tu clase de riesgo ante el IMSS
Los patrones al momento de darse de alta ante el IMSS además de afiliar a su personal ante el Seguro Social, deben clasificarse en el Seguro de Riesgos de Trabajo, a efectos de que este Instituto en caso de que un siniestro laboral le cubra al trabajador afectado las prestaciones a que tiene derecho según la LSS.
Para tal efecto los patrones deben ubicar su actividad en el catálogo contenido en el artículo 196 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización.
Al momento de buscar su actividad en la lista del numeral referido, aquellos deben considerar:
- la actividad a desarrollar (haciendo un mapeo de los procesos iniciales, intermedios y finales que realizará)
- principales productos elaborados o servicios prestados
- materias primas y materiales utilizados indispensables para su funcionamiento
- maquinaria y equipo empleados (excepto transporte)
- equipo de transporte en el que se apoya para cumplir con su objeto empresarial
- proceso de trabajo de su actividad, y
- tareas complementarias, tales como:
- distribución o entrega de mercancías, con transporte propio o ajeno, y
- servicios de instalación, reparación o mantenimiento a terceros
Si los obligados identifican perfectamente su actividad en alguna de las descritas en el catálogo citado, no tienen mayor problema, porque eso les permite conocer de inmediato la división, el grupo, la fracción y la clase que le son aplicables; pero si no es así, ellos mismos o el Instituto están obligados a definir su clase por analogía o similitud, tomando la actividad más parecida a la suya.
No obstante en ciertos casos el Instituto está facultado para rectificar dicha clasificación, lo que puede impactar económicamente a las empresas debido a la liquidación de diferencias en el pago de cuotas que pudiese generar el Seguro Social.
De ahí que en el tema ¿Cuándo procede la rectificación de la clase patronal? abordemos los casos en que procede esta atribución del Seguro Social, así como los medios de defensa a interponer por los afectados cuando la rectificación de la clase del Seguro de Riesgos de Trabajo sea improcedente.