Reingreso de pensionado por invalidez, ¿paga cuotas?

Los pensionados por este ramo que reingresen al ROSS cotizan en todos los seguros excepto en el de Invalidez y Vida

A uno de nuestros trabajadores le acaban de expedir una pensión por invalidez, quisiéramos saber si como consecuencia de esto debemos cubrir una cantidad menor de cuotas obrero-patronales por lo que hace a este colaborador. ¿Qué opinión tienen al respecto?

Sí, conforme al numeral 151, fracción IV de la LSS, los pensionados por este ramo que reingresen al Régimen Obligatorio del Seguro Social cotizan en todos los seguros excepto en el de Invalidez y Vida.

Asimismo se recomienda que si su colaborador va a seguir laborando en un trabajo igual al que venía desempeñando al momento de presentarse el padecimiento que lo invalidó, no reciba un salario superior al 50 % de su remuneración habitual percibida durante el último año de servicios, pues de no cumplirse con esto, el IMSS le puede retirar dicha prestación económica (art. 119, LSS).