Cómo puedo ofrecer vivienda a mis trabajadores

Alternativas adicionales de otorgamiento de este concepto a cargo de los empresarios

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 .  (Foto: iStock)

Si bien es cierto que la habitación es un derecho consagrado a favor de los trabajadores y una obligación para los patrones, pues tienen que realizar aportaciones al Infonavit para lograr este objetivo, también lo es que, independientemente del deber aludido, en ocasiones estos pueden concederla como una prestación de carácter contractual.

La omisión de esta carga empresarial puede derivar en que el patrón infractor sea demandado por los subordinados afectados ante las Juntas de Conciliación y Arbitraje (JCA); lo anterior sin perjuicio de que el Infonavit le imponga una multa equivalente de 219.12 pesos a 25 mil 564 pesos, independientemente de la actualización y recargos que correspondan.

Adicionalmente en la práctica algunas compañías conceden a sus trabajadores el acceso a una vivienda, mediante los siguientes esquemas:

  • pactan el uso y goce de una casa en arrendamiento o comodato (usualmente aplicable a directivos), o
  • cubren la renta de la propiedad, en la cual los subordinados establecen su domicilio particular (ayuda para renta)

En estos casos las partes acuerdan la modalidad de que se trate en los contratos individuales o colectivos de trabajo, o definen su otorgamiento en las políticas de compensación y prestaciones de las empresas para delimitar su naturaleza, sus alcances y su cuantía, y con ello fijan las reglas de su existencia que les permiten atender los requerimientos de la autoridad laboral y de seguridad social, además de darles certeza jurídica a los involucrados.

Si eres patrón y deseas echar mano de estos esquemas de otorgamiento de vivienda te recomendamos la lectura del tema ´Vivienda ¿deber o prestación?´en donde abordamos los pormenores.